12 Ene
deslocalización de empresas

A partir de hoy las empresas que se deslocalicen tendrán que devolver subvenciones y bonificaciones

A partir de hoy, 12 de enero de 2023, las empresas que se deslocalicen (fuera de la Unión Europea o fuera del marco del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo) tendrán que devolver las bonificaciones y/0 subvenciones de las que se hayan podido beneficiar.

Así lo dispone la Disp. Adicional Segunda del RD-Ley 1/2023, de 10 de enero, publicado ayer (12 de enero de 2023) en el BOE. Precisamente, esta disposición es una de las pocas incluidas en el RDLey que ha entrado en vigor de manera inmediata.

Devolución de subvenciones y bonificaciones. Empresas deslocalizadas

La norma regula expresamente lo siguiente:

«Las empresas que procedan al traslado de su actividad industrial, productiva o de negocio a territorios que no formen parte de los Estados miembros de la Unión Europea o del de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán proceder a la devolución de todas las cantidades dejadas de ingresar con el recargo y los intereses de demora correspondientes, según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social en concepto de beneficios sociales en materia de cotización por las contrataciones realizadas durante los cuatro años inmediatamente anteriores a la deslocalización.

Igualmente procederá el reintegro de subvenciones públicas contempladas en disposiciones de ámbito competencial estatal obtenidas en materia de contratación y empleo, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las normas dictadas para su concesión.

Las obligaciones de reintegro establecidas en los párrafos anteriores se entienden sin perjuicio de lo previsto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social y, en su caso, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones».

 

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