
Hoy en BOE publicada la nueva línea de avales para empresas y autónomos afectados por el Covid-19
Última Hora. Hoy, 11 de abril, en el BOE, publicada la Resolución de 10 de abril de 2020 por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial a poner en marcha el segundo tramo de la línea de avales para pymes y autónomos afectados por el Covid-19.
En concreto, este segundo tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y se establece que sus beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID-19.
El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, establece una serie de medidas para preservar la normalidad de los flujos de financiación y los niveles de circulante y liquidez, para así permitir que empresas y autónomos continúen abonando los salarios de sus empleados, las facturas a proveedores y sus gastos corrientes, con el objeto de mantener la actividad económica y el empleo.
Entre estas medidas, el artículo 29 de esta norma prevé una línea de avales por importe máximo de 100.000 millones de euros que aportará el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para la cobertura de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos.
Requisitos y condiciones
Aparte de los previstos en el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 24 de marzo, se establece lo siguiente:
El segundo tramo se destinará a pymes y autónomos.
Definición de entidad financiera
Serán elegibles las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pago que hayan solicitado la adhesión al contrato marco de ICO antes del 15 de mayo.
Importe total del segundo tramo de la línea de avales
Hasta 20.000 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
Plazo de solicitud de los avales
Los avales de este segundo tramo podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020.
El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.
Derechos y obligaciones de las entidades financieras
Los costes de los nuevos préstamos y renovaciones que se beneficien de estos avales se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis del COVID-19, teniendo en cuenta la garantía pública del aval y coste de cobertura.
Por lo tanto, en general, deberán ser inferiores a los costes de los préstamos y otras operaciones para la misma tipología de cliente que no cuenten con el aval.
El cumplimiento de esta condición será supervisado por ICO.
Las entidades financieras aplicarán los mejores usos y prácticas bancarias en beneficio de los clientes y no podrán comercializar otros productos con ocasión de la concesión de préstamos cubiertos por este aval público ni condicionar su concesión a la contratación por parte del cliente de otros productos.