
Ley de Mercados Digitales: luz verde del Parlamento Europeo a iniciar las negociaciones con los Estados miembros
El Parlamento Europeo ha dado luz verde al inicio de las negociaciones con los Estados miembros para aprobar unas normas que regulen la actuación de las grandes plataformas digitales en la Unión.
La propuesta de Ley de Mercados Digitales (LMD) prohíbe determinadas prácticas de las grandes plataformas que actúan como «guardianas», y autoriza a la Comisión a llevar a cabo investigaciones de mercado y sancionar aquellos comportamientos que no se ajusten a derecho.
El texto, aprobado por el Parlamento por 642 votos a favor, 8 en contra y 46 abstenciones, establece nuevas obligaciones y prohibiciones directamente aplicables a dichas plataformas para garantizar unos mercados justos y abiertos.
El reglamento propuesto se aplicará a las grandes empresas que prestan los definidos como «servicios básicos de plataforma» más proclives a las prácticas comerciales desleales.
Figuran entre ellos los servicios de intermediación en línea, las redes sociales y los motores de búsqueda en línea, los sistemas operativos, los servicios de publicidad en línea, la computación en la nube o las plataformas de intercambio de vídeos que cumplan los requisitos necesarios para ser designados «guardianes».
El Parlamento ha incluido, además, a los navegadores de internet, los asistentes virtuales y la televisión híbrida.
Otros cambios introducidos por los eurodiputados afectan a la definición de los «guardianes de acceso» mediante ciertos umbrales; la lista de obligaciones y prohibiciones —«lo que se puede hacer y lo que no»—, que incluye las nuevas disposiciones sobre publicidad selectiva y sobre la interoperabilidad de los servicios; las restricciones a las «adquisiciones asesinas»; la aplicación práctica de la normativa europea; el papel de las autoridades nacionales de competencia y las multas.
Ley de Mercados Digitales: puntos clave
En el texto aprobado, el Parlamento Europeo:
-Eleva los umbrales cuantitativos para que una empresa entre en el ámbito de aplicación de la Ley de Mercados Digitales a un volumen de negocios anual en el Espacio Económico Europeo de 8 000 millones de euros y una capitalización bursátil de 80 000 millones de euros; además, las empresas tendrían que prestar un servicio básico de plataforma en al menos tres países de la Unión y contar con al menos 45 millones de usuarios finales mensuales, y más de 10 000 usuarios profesionales;
-Incluye requisitos suplementarios sobre el uso de datos para publicidad personalizada o microsegmentada y la interoperabilidad de los servicios, por ejemplo, los servicios de comunicación interpersonal independientes de la numeración (como la mensajería o los correos electrónicos) y los servicios de redes sociales;
da la opción de desinstalar aplicaciones preinstaladas en cualquier servicio básico de plataforma, en cualquier momento;
-Restringe las «adquisiciones asesinas» (cuando una empresa adquiere otra con el objetivo de poner fin a un desarrollo tecnológico y evitar así una amenaza competitiva): en caso de incumplimiento sistemático, la Comisión podría prohibir a los guardianes de acceso que realicen adquisiciones en ámbitos cubiertos por la LMD, con el fin de reparar o evitar nuevos daños al mercado interior. Los guardianes de acceso también estarán obligados a informar a la Comisión de cualquier concentración prevista;
-Aclara el papel de las autoridades nacionales de competencia, manteniendo la aplicación de la LMD en manos de la Comisión Europea;
-Afirma que la LMD debe garantizar que los denunciantes de irregularidades puedan alertar a las autoridades competentes sobre infracciones, cometidas o posibles, de este reglamento, y protegerles de represalias;
-Establece que, si un guardián no cumple las normas, la Comisión puede imponerle multas «no inferiores al 4 % y no superiores al 20 %» de su volumen de negocios mundial en el ejercicio anterior.