
LPGE para 2022: así será la cotización de los autónomos en 2022
Así será la cotización de los autónomos en 2022 (art. 106.6 de la LPGE para 2022 (Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022; BOE de 29 de diciembre de 2021).
Bases de cotización al RETA desde el 1 de enero de 2022:
Base Mínima euros/mes | 2022: 960,60 euros mensuales 2021: 944,40 euros mensuales. |
Base Máxima euros/mes | 2022: 4.139,40 euros mensuales. 2021: 4.070,10 euros mensuales. |
Base de Cotización menores de 47 años o con 47 años. | La elegida por estos dentro de los límites que representan las bases mínima y máxima. Esta elección también la pueden efectuar los autónomos que en esa fecha tuvieran una edad de 47 años y su base de cotización en el mes de diciembre de 2021 haya sido igual o superior a 2.077,80 euros mensuales, o que causen alta en este régimen especial con posterioridad a la citada fecha.
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Base de Cotización 48 o más años. | La comprendida entre las cuantías de 1.035,90 y 2.113,20 euros mensuales, salvo que se trate del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como consecuencia del fallecimiento de este, haya tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en este régimen especial con 45 o más años, en cuyo caso, la elección de bases estará comprendida entre las cuantías de 960,60 y 2.113,20 euros mensuales. No obstante, la base de cotización de los trabajadores autónomos que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social cinco o más años, tendrán las siguientes cuantías:
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Base de Cotización 48 o 49 años. |
Si la última base de cotización acreditada hubiera sido superior a 2.077,80 euros mensuales habrán de cotizar por una base comprendida entre 960,60 euros mensuales y el importe de aquélla, incrementado en un 1,70%, con el tope de la base máxima de cotización. |
Base cotización mayores 50 años con 5 o más años cotizados. | Los trabajadores autónomos que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social cinco o más años, tendrán las siguientes cuantías:
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En cuanto a los tipos de cotización
. Desde el 1 de enero de 2022
Para las contingencias comunes | 28,30% (sin cambios) |
Para las contingencias profesionales | 1,30% (0,66% IT y 0,64% a IP, muerte y supervivencia) |
Por cese de actividad | 0,90% |
Cotización al Fogasa | 0,20% |