
Nuevo Gobierno: se desgajan Trabajo y Seguridad Social en distintos ministerios (hoy en BOE RD 2/2020)
Nuevo Gobierno. Hoy, 13 de enero, se ha publicado en BOE el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. Entre otras novedades, se separan como estaba previsto Trabajo y Seguridad Social.
En concreto, se crean dos ministerios:
Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Según se establece en el Artículo 9 del RD 2/2020
Ministerio de Trabajo y Economía Social.
1. Corresponde al Ministerio de Trabajo y Economía Social la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de empleo, economía social y responsabilidad social de las empresas.
2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
El art. 22 del RD establece lo siguiente:
1. Corresponde al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Seguridad Social y clases pasivas, así como la elaboración y el desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración y de políticas de inclusión.
2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.
b) La Secretaría de Estado de Migraciones.
Ministerio de Igualdad
Por su parte, el art. 20 del RD establece las funciones que asumirá el Ministerio de Igualdad
1. Corresponde al Ministerio de Igualdad la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de igualdad y de las políticas dirigidas a hacer real y efectiva la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de toda forma de discriminación.
2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Violencia de Género.