
Álava anuncia que aplicará el criterio del TS y devolverá el IRPF de las prestaciones por maternidad
La Hacienda foral de Álava ha emitido un comunicado de prensa en el que explica que ha decidido aplicar el mismo criterio que el establecido por el Tribunal Supremo (Sentencia nº 1462/2018 de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018), en la que determina que las retribuciones por bajas de maternidad están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Desde el Gobierno alavés han querido remarcar que «pese a que la sentencia no afecta a la normativa foral alavesa en virtud del Concierto Económico Vasco, Álava ha decidido devolver las retenciones a las personas afectadas con el objetivo de primar la seguridad jurídica de los alaveses».
Esta decisión ha sido adoptada tras la reunión ordinaria del Órgano de Coordinación Tributaria (OCT) que tuvo lugar el pasado 18 de octubre en Vitoria-Gasteiz, foro que reúne periódicamente a las tres diputaciones y al Gobierno Vasco para coordinar las políticas fiscales vascas.
En concreto, Álava aplicará las exenciones con carácter retroactivo desde el año 2013. Lo hará, además, de oficio, es decir, tras recibir la información detallada del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), la Hacienda procederá a la reelaboración de la declaración de la renta de las personas afectadas (las madres que se acogieron a bajas maternales desde 2013, y las padres que se acogieron a bajas paternales desde 2018 –cuando se modificó la normativa alavesa para incluirles a ellos-). «Se da la circunstancia de que la devolución de las retenciones a los padres se aplicará en principio sólo en el País Vasco, no en el resto del Estado, donde se rigen por normativas diferentes», dice el comunicado.
Otras comunidades
Mientras que Vizcaya y Guipúzcoa se han manifestado en la misma línea que Álava y devolverán el IRPF de las prestaciones por maternidad, Navarra ha anunciado que no procederá a su devolución.