
Brexit e IVA soportado en Reino Unido: hasta el 31 de marzo de 2021 para solicitar la devolución
Brexit: Devolución de IVA soportado en Reino Unido. Hacienda recuerda que el plazo para solicitar la devolución termina el 31 de marzo de 2021.
En concreto, los empresarios y profesionales establecidos en Península y Baleares que adquieran bienes y servicios en el Reino Unido durante el año 2020 solo podrán solicitar la devolución de las cuotas de IVA allí soportadas hasta el 31 de marzo de 2021.
Deberán hacerlo a través de la web de la AEAT conforme al procedimiento aplicable a los Estados miembros. Modelo 360.
Adquisiciones a partir del 1 de enero de 2021
Empresarios establecidos en Península y Baleares que adquieran mercancías y servicios en Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021 y deseen solicitar la devolución del IVA soportado:
- ya no podrán presentar su solicitud por vía electrónica a través de la página web de la AEAT de conformidad con la Directiva 2008/9/CE del Consejo
- Tendrán que hacer la solicitud ante la Administración tributaria británica y con arreglo a la normativa inglesa.