10 Nov
faqs fiscales

¿Cabe aplicar el tipo mínimo de retención del 2% en la renovación de los contratos temporales?

Renovación por seis meses más de un contrato laboral de seis meses de duración inicial: ¿cabe aplicar el tipo mínimo de retención del 2%? Lo acaba de aclarar la Dirección General de Tributos en una Consulta Vinculante.

El caso concreto planteado

Se produce la renovación por seis meses más de un contrato laboral temporal de seis meses de duración inicial.

Se plantea cuál es el tipo de retención aplicable sobre los rendimientos que se satisfagan y si es o no factible seguir aplicando el tipo mínimo de retención del 2%.

La respuesta de Tributos

En su respuesta (Consulta Vinculante consulta V2831-20, de 22 de septiembre de 2020), la Dirección General de Tributos determina lo siguiente:

En primer lugar, el tipo de retención del 2% del art. 86.2 RIRPF opera como tipo mínimo en los contratos de duración inferior al año cuando el tipo resultante del procedimiento general resulte inferior.

1. En el supuesto analizado se ha venido aplicando el tipo mínimo del 2% respecto a las retribuciones del contrato inicial de seis meses de duración.

Ahora se plantea la operatividad de ese tipo mínimo en la prórroga de otros seis meses de aquel contrato.

Al respecto, procede indicar que tal circunstancia (la prórroga) es una de las que obligan a regularizar el tipo de retención. Así lo determina el artículo 87.2.1º del Reglamento del Impuesto:

“Procederá regularizar el tipo de retención (…):

1º. Si al concluir el período inicialmente previsto en un contrato o relación el trabajador continuase prestando sus servicios al mismo empleador o volviese a hacerlo dentro del año natural”.

2. En cuanto al tipo resultante de la regularización (cuyo procedimiento de cálculo se recoge en el apartado 3 del art. 87 de la RIRPF), seguirá siendo operativo el tipo del 2% como tipo mínimo (en los términos del art. 86.2 del RIRPF) cuando la prórroga o renovación sea a su vez de duración inferior al año.

Recuerde que si su empresa necesita asesoramiento en materia fiscal, contable o laboral, no dude en contactar con nuestro Equipo de Expertos para solicitar un presupuesto.

Por: Estela Martín

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