27 Mar

CNMV: Publicada hoy en BOE la Circular 1/2018, de 12 de marzo sobre advertencias relativas a instrumentos financieros.

Hoy martes, 27 de marzo, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Circular 1/2018, de 12 de marzo, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), sobre advertencias relativas a instrumentos financieros. No obstante, la circular no entrará en vigor hasta dentro de tres meses.

Tal y como se explica en el texto, si bien la creciente sofisticación de los instrumentos financieros, y el cada vez más frecuente acceso a ellos de los clientes minoristas aconsejarían que, para productos especialmente complejos, dichos clientes minoristas contasen con asesoramiento en materia de inversión de un profesional (quien antes de recomendar la contratación del producto, debería valorar la situación financiera y objetivos de inversión del cliente, así como sus conocimientos y experiencia), también resulta compatible con el marco normativo vigente que las entidades los ofrezcan a clientes minoristas no asesorados.

Por este motivo, cuando las entidades decidan comercializar este tipo de productos sofisticados fuera del ámbito del asesoramiento en materia de inversión, sin evaluar la idoneidad y por tanto, analicen únicamente los conocimientos y experiencia del inversor, los clientes minoristas deben quedar claramente advertidos de la elevada complejidad del instrumento en cuestión, ya que la valoración y comprensión de todos sus riesgos puede entrañar para ellos una especial dificultad. Por ello, para asegurar el consentimiento informado y que la protección a los clientes minoristas resulte efectiva, se estima conveniente que la advertencia en este supuesto vaya acompañada, junto a la firma del cliente, de una expresión manuscrita.

Adicionalmente, deberán identificarse los instrumentos de este tipo que hayan adquirido con anterioridad y mantengan los clientes a la fecha de entrada en vigor de la presente circular y ser objeto de advertencia, una única vez, en el primer extracto de posición que deba remitirse a los clientes minoristas con posterioridad a dicha entrada en vigor.

Modelo de Advertencia

En la circular, se incluye este modelo tipo de advertencia:

«Desde XX/XX/XX (fecha de entrada en vigor de la presente circular), resulta obligatorio advertir, antes de la contratación, de que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) considera que determinados instrumentos financieros no son sencillos y pueden ser difíciles de entender, por lo que debido a su complejidad, con carácter general, no considera adecuada su adquisición por clientes minoristas. En el presente extracto se identifican los instrumentos incluidos en dicha obligación.»

Únicamente será obligatorio identificar en extractos periódicos de posiciones dichos instrumentos financieros una sola vez, y las advertencias incluidas en esta disposición

transitoria afectarán exclusivamente a las posiciones mantenidas por clientes minoristas sobre las que deba informarse en el primer extracto de posición que deba remitirse con posterioridad a la entrada en vigor de la presente circular. Pinche aquí para acceder al texto íntegro de la Circular, publicado en el BOE.

Por: Estela Martín

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