23 Oct
Modelo 232 paraísos fiscales

¿Cuándo se presenta el Modelo 232?

¿Tiene claro cuándo debe presentar el Modelo 232, es decir, cuando debemos de informar a la Agencia Tributaria de las operaciones vinculadas y aquellas relacionadas con paraísos fiscales?

Antes vs. ahora

Existe una gran confusión en torno a este tema, porque antes esta declaración presentaba dentro del modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades, en un apartado habilitado para ello. Sin embargo, actualmente, este tipo de operaciones deben recogerse en el Modelo 232, cuyo plazo de presentación es el mes siguiente a los 10 meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar.

Esto significa, que como regla general, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de la declaración queda fijado desde el 1 al 30 de noviembre.

Así lo establece la Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueba el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.

En el texto de la Orden se especifica que para conseguir que la reducción de cargas fiscales sea efectiva, el plazo de presentación de la declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales, modelo 232, se ha fijado en cuatro meses después de la fecha de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades.

Casos y límites

El artículo 13.4 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades no establece ninguna restricción específica en cuanto a la obligación de informar, siempre que se trate de información relativa a operaciones con personas o entidades vinculadas. En este sentido, la Orden HFP/816/2017 regula en qué casos y con qué límites se deberá informar sobre este tipo de operaciones, basándose en la necesidad de contar con una información que es esencial en la lucha contra el fraude fiscal pero sin que suponga una carga administrativa excesiva para los obligados tributarios concernidos por la obligación de presentar el modelo de declaración 232.

Pinche aquí para consultar más información sobre el Modelo 232: Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.

Por: Estela Martín

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