22 Abr

Deducciones y autónomos, ¿qué puedo deducir?

Deducciones y autónomos, ¿qué puedo deducir? Son muchos los autónomos a los que les entran las dudas a la hora de hacer la declaración de la renta.

Los profesionales autónomos generan, a lo largo del año, muchos gastos asociados a la actividad profesional que desempeñan, ya sean viajes, comidas de negocios con clientes, etc. Muchos de estos gastos pueden deducirse a la hora de realizar la declaración de la renta.

Para que un gasto pueda ser deducible, debe cumplir algunos requisitos:

  • Estar vinculado a la actividad económica que realiza el autónomo
  • Tiene que estar justificado, es decir, tienen que existir facturas aunque, a veces, valen los recibos y tickets.
  • Deben de estar registrados en los libros de gastos.

Aunque puede parecer bastante claro y sencillo, en ocasiones ciertos gastos no tienen una vinculación con la actividad profesional suficientemente clara, como por ejemplo los que tienen que ver con vivienda, ropa y viajes ya que, en esta ocasión hay que demostrar la relación con la actividad profesional y no con la vida privada

DEDUCCIÓN DE VIVIENDA

Si eres autónomo y trabajas desde casa, podrás deducirte algunos gastos. Pero, respecto a la vivienda, deberías decidir qué parte de la misma vas a destinar al trabajo, es decir, hay que encontrar una zona diferenciada del uso común y calcular los metros cuadrados para saber con exactitud qué porcentaje del total de la vivienda se usará como oficina.

Además se debe de comunicar a Hacienda mediante una declaración censal (modelo 036 ó 037).

Por otro lado, es conveniente saber que hay gastos como la luz, agua, gas, etc, que no se pueden desgravar a no ser que se tengan contratos independientes, unos para uso personal y otro para uso profesional.

DEDUCCIONES EN TRANSPORTE

Existen varios tipos de gastos relacionados con el transporte como peajes, gasolina……Cuando se utiliza el vehículo propio para realizar la actividad profesional se pueden deducir todos los gastos que acarree, pero todos estos gastos por desplazamientos tienen que ser «exigidos para el desarrollo de la actividad».

Para que los gastos de viaje y transporte puedan ser deducibles, estos no deben ser excesivos o desmesurados ya que si se considera lo contrario, se les dará el tratamiento de no deducibles.

DEDUCCIONES EN VESTUARIO

Trajes, zapatos…. todo el dinero invertido en vestuario, como en los casos anteriores, se considera deducible fiscalmente, si está «exigido por el desarrollo de la actividad». El gasto que puede deducirse en la Declaración de la Renta es el realizado en adquirir ropa específica para desempeñar su trabajo (uniformes, ropa de protección…).

Por: Carlos Mª Ruiz García

Socio Director – Abogado

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