23 Dic
empresas emergentes ley de startups

Entra en vigor la Ley de Startups: Las empresas emergentes tributarán al tipo del 15% en el IS los primeros ejercicios

Hoy, 23 de diciembre de 2022, ha entrado en vigor la llamada «Ley de Startups» (Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes). Entre sus medidas, una medida de tributación especial para las empresas emergentes.

Tributación de las empresas emergentes

En concreto, se establece que los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (IS) y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNS) que obtengan rentas mediante establecimiento permanente situado en territorio español y que tengan la condición de empresa emergente, tributarán al tipo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades:

  • en el primer período impositivo en que, teniendo dicha condición, la base imponible (BI) resulte positiva y
  • en los tres periodos impositivos siguientes

siempre que mantengan la condición de «empresas emergentes».

Aplazamiento de la tributación sin intereses de demora

Asimismo, la Ley también permitirá el aplazamiento de tributación a las empresas emergentes.

En concreto, el aplazamiento del pago de la deuda tributaria correspondiente a los dos primeros períodos impositivos en los que la base imponible del Impuesto sea positiva.

La Administración tributaria del Estado concederá el aplazamiento, con dispensa de garantías, por un período de 12 y seis meses, respectivamente, desde la finalización
del plazo de ingreso en período voluntario de la deuda tributaria correspondiente a los citados períodos impositivos.

Para disfrutar de este beneficio, será necesario que el solicitante se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en la fecha en que se efectúe la solicitud de aplazamiento y, además, que la autoliquidación se presente dentro del plazo establecido.

¡Importante!: No podrá aplazarse el ingreso de las autoliquidaciones complementarias.

Sin intereses de demora: El ingreso de la deuda tributaria aplazada se efectuará en el plazo de un mes desde el día siguiente al de vencimiento de cada uno de los plazos señalados, sin que tenga lugar el devengo de intereses de demora

¿Qué se considera legalmente como «empresa emergente»?

La Ley 28/2022 define las empresas emergentes como «toda persona jurídica, incluidas las empresas de base tecnológica creadas al amparo de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que reúna simultáneamente las siguientes condiciones:

a) Ser de nueva creación o, no siendo de nueva creación, cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España.

b) No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes.

Los términos concentración o segregación se consideran incluidos en las anteriores operaciones.

c) No distribuir ni haber distribuido dividendos, o retornos en el caso de cooperativas.

d) No cotizar en un mercado regulado.

e) Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.

f) Tener al 60 % de la plantilla con un contrato laboral en España.

En las cooperativas se computarán dentro de la plantilla, a los solos efectos del citado porcentaje, los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relación sea de naturaleza societaria.

g) Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.

Además, se establecen una serie de exclusiones como no estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social o no haber sido condenadas por sentencia
firme por (entre otros) un delito de administración desleal, insolvencia punible o delitos societarios.

Por: Estela Martín

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