
Hoy en BOE: publicada una Orden por la que se introducen cambios en los modelos 202, 222 y 231
Hoy, 14 de septiembre, se ha publicado en el BOE la Orden HAC/941/2018, de 5 de septiembre, por la que:
1. Se modifica la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.
2. Se modifica la Orden HFP/441/2018, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, y la Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 231 de Declaración de información país por país.
Entrada en vigor y aplicación
Aunque la Orden entra en vigor mañana, 15 de septiembre, será aplicable por primera vez para los modelos de pagos fraccionados, 202 y 222, cuyo plazo de presentación sea octubre de 2018 , con excepción de los anexos del modelo 222, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2019.
Por su parte, la Orden será aplicable por primera vez para las presentaciones del Modelo 231 a realizar a partir del 1 de enero de 2019.
Novedades
– En la Orden se procede en primer lugar a modificar los modelos 202 y 222 de pagos fraccionados aprobados por la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, para adaptarlos a lo establecido en la Ley 6/2018, de 3 de julio, en lo que se refiere al pago fraccionado mínimo de las entidades de capital-riesgo.
– Además, se modifica la Orden HFP/441/2018, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español.
– Para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, y por la que se modifica el modelo 222 «Impuesto sobre Sociedades. Régimen de consolidación fiscal. Pago fraccionado» aprobado por la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, para añadir una disposición adicional en la que se habilita técnicamente la posibilidad de manifestar, la voluntad de que el Estado destine el 0,7 por ciento de su cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades a actividades de interés general consideradas de interés social marcando la casilla con número 00073 «Otras opciones» del modelo 200, o en su caso, marcando en el modelo 220 la casilla 069 «Otras opciones». Tenga en cuenta que esta opción solo estará disponible para contribuyentes cuyo periodo impositivo hubiese finalizado a partir de la entrada en vigor de la LPGE2018 (Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018).
– Además, con efectos para períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2018 se ha modificado la normativa foral del País Vasco en materia de pagos fraccionados.
Pinche aquí para acceder a la Orden publicada en el BOE (en los anexos están incluidos los nuevos modelos). Y recuerde que si necesita asesoramiento en materia fiscal, contable o laboral, no dude en contactar con nuestro Equipo de Expertos.