14 Ago
faqs fiscales

¿Está exenta la indemnización percibida por haber sido incluido indebidamente en un fichero de morosos?

Percepción de una indemnización (por sentencia judicial) por intromisión ilegítima en el derecho de honor al haber sido incorporado indebidamente en un fichero de morosos.

Se plantea ante la Dirección General de Tributos (Consulta Vinculante V1794-21, de 9 de junio de 2021) la consideración de la indemnización como renta exenta en el IRPF.

La respuesta de Tributos

En el supuesto objeto de consulta, la indemnización es consecuencia de una intromisión ilegítima en el derecho al honor, y es fijada por sentencia judicial en compensación por los daños y perjuicios causados.

Por tanto, razona la DGT, nos encontramos ante una obligación de reparar el daño causado que el juez impone a quien lo ha producido (ámbito de la responsabilidad civil).

En este sentido, el art. 7,d) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF determina lo siguiente:

d) Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida.

Y conforme con tal configuración de la exención, la indemnización objeto de consulta se encontrará amparada por la exención del artículo 7,d) en cuanto responda a daños personales (físicos, psíquicos o morales) y no a daños materiales.

Esto es así (daños personales) puesto que se identificaría con el concepto de renta exenta que se recoge en la norma: «indemnización por responsabilidad civil por daños personales y cuya cuantía ha sido fijada judicialmente».

 

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