15 Oct

La Seguridad Social ya no retiene el IRPF de las prestaciones de maternidad, tras la sentencia del Tribunal Supremo que determina su exención

El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha informado en un comunicado de prensa que la Seguridad Social ha dejado de descontar el IRPF de las prestaciones de maternidad en virtud de la sentencia del Tribunal Supremo, conocida el pasado viernes, que determina que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, están exentas de dicho impuesto.

Desde el pasado lunes, explica el comunicaco, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha trasladado instrucciones precisas a sus direcciones provinciales para la aplicación de esta sentencia. De este modo, las nuevas prestaciones reconocidas se abonarán sin el mencionado descuento y, las ya reconocidas y en fase de abono, se pagarán en octubre también sin la retención correspondiente al IRPF. Esta medida beneficia también a las solicitudes de la prestación que se realicen telemáticamente a través del portal Tu Seguridad Social.

Cómo se realiza la tramitación

Según se explica en el comunicado del Ministerio, la tramitación de los procesos de maternidad no se ha visto paralizada y, hasta que surtan efecto los cambios informáticos para eliminar la retención de forma automática en un plazo de 15 días, se ha habilitado un procedimiento manual para eliminar el IRPF.

Mediante su sentencia (sentencia del Tribunal Supremo, sala de lo Contencioso-Administrativo, sección segunda, de fecha 3 de octubre de 2018), el Tribunal Supremo desestima un recurso de la Abogacía del Estado que defendía que dichas prestaciones no debían estar exentas del IRPF y confirma una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de junio de 2017, que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestación de maternidad percibida en dicho ejercicio.

Pinche aquí para consultar el comunicado de prensa emitido por el Ministerio de Trabajo. Y recuerde que si necesita asesoramiento en materia laboral, fiscal o contable, no dude en contactar con nuestro Equipo de Expertos.

Por: Estela Martín

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