07 Ene
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Las novedades de la LPGE para 2022 en el IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes)

¿Qué novedades incluye la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para 2022 en materia del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)?

Pues bien, el art. 63 de la LPGE introduce para los establecimientos permanentes las siguientes modificaciones en el TRLIRNR, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2022 y vigencia indefinida:

  • Modificación de los apartados 4, 5 y 6 del artículo 19. “Cuota íntegra y cuota líquida”.

Se modifican los apartados 4, 5 y 6 del artículo 19 del TRLIRNR, en el mismo sentido que la modificación del artículo 30 de la Ley 27/2014 de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

En concreto, se establece que en la cuota íntegra se podrán aplicar las bonificaciones y deducciones que procedan previstas en la normativa del Impuesto sobre Sociedades, dando lugar a la cuota líquida del impuesto que, en ningún caso, podrá ser negativa.

Será deducible de la cuota líquida el importe de las retenciones, de los ingresos a cuenta y de los pagos fraccionados.,

En consecuencia, con estos cambios, en el apartado 6 se hace referencia expresa a la cuota líquida del Impuesto para indicar que cuando las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados efectivamente realizados superen la cuota líquida del impuesto, la Administración tributaria procederá a devolver de oficio el exceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 127 de la Ley 27/2014.

  • Se añade una nueva disposición adicional décima. Tributación Mínima

En esta nueva disposición adicional decima del TRLIRNR se establece que a efectos de lo dispuesto en el artículo 19 del TRLIRNR, para determinar la deuda tributaria del impuesto, resultará de aplicación la tributación mínima establecida en el artículo 30 bis de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre

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