21 Oct
sentencias laborales 2022

Nueve años de prisión a un empresario que creó un entramado societario para eludir el pago del IVA

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a nueve años de prisión y al pago de una multa de 2.488.000 euros a un empresario que creó un entramado formado por trece sociedades instrumentales para eludir el pago del IVA

En concreto, se estima un fraude de 621.589 euros en concepto de IVA de los ejercicios 2016 y 2017 que su empresa, la única con actividad real, debía haber abonado a las arcas públicas.

En concreto, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial le considera autor de dos delitos contra la hacienda pública en concurso con un delito continuado de falsedad en documento mercantil.

Junto a él, también han sido condenadas otras cinco personas de su entorno más cercano que le asistían y cuya actuación “fue determinante para el éxito de la operación”.

La Audiencia considera a estos cinco acusados autores como cooperadores necesarios de los dos delitos societarios, en concurso con un delito de falsedad en documento mercantil, del que son autores directos.

Las penas acordadas para ellos van de cuatro años y medio de prisión y multa de 1.051.300 euros para un hermano y un sobrino del principal acusado que trabajaban codo con codo con él, a dos años y diez meses de cárcel y multa de 692.000 euros para los otros tres acusados.

No podrán acceder a subvenciones o incetivos

Además, se impone a todos los concdenados la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas, así como beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante diferentes periodos, y les inhabilita para ejercer funciones de administrador societario durante el tiempo de condena.

Finalmente, la Audiencia condena a la única empresa que tenía actividad real y que no abonó a la hacienda pública lo que le correspondía por IVA durante los ejercicios 2016 y 2017 al pago de una multa de 1.864.767 euros.

Tampoco podrá optar a subvenciones o ayudas, ni a beneficios e incentivos fiscales o de la seguridad social durante cuatro años y medio.

Alta cuantía del fraude fiscal

A la hora de determinar la pena del principal acusado, el tribunal ha tenido en cuenta “la elevada cuantía de la defraudación, que casi triplica la prevista para el delito fiscal”, y el hecho de que sea “el responsable máximo de todo el entramado creado para la defraudación”.

En cuanto al resto de acusados, la sala distingue entre quienes colaboraban de forma más estrecha con el anterior y el resto.

Los primeros –un hermano y un sobrino- trabajaban en la empresa de palets, tenían despachos allí y percibían salarios con cargo a las mercantiles, “encargándose de la gestión y dirección de dicha operativa, si bien bajo la supervisión” del principal acusado.

Finalmente, la sala entiende que la participación de los tres restantes en su condición de cooperadores necesarios “reviste menos gravedad” que la de los dos anteriores, por lo que la respuesta punitiva “debe ser ligeramente inferior”.

La sentencia de la Audiencia Provincial tiene carácter provisional, ya que contra la misma cabe la interposición de un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

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