29 Nov
fiscalidad compromisos por pensiones

Seguro colectivo de vida con prestación de incapacidad para empleados: ¿tributa como rendimiento del trabajo o del capital mobiliario?

Una empresa, en cumplimiento del convenio colectivo, tiene suscrito un seguro colectivo de vida para la totalidad de su personal que cubre las contingencias de fallecimiento e incapacidad, que se prorroga anualmente.

Imputa fiscalmente a sus empleados, en concepto de retribución en especie, la parte que le corresponda de la prima abonada.

Plantea a la Dirección General de Tributos la tributación de la prestación por incapacidad. En particular, si se califica como rendimiento del capital mobiliario o como rendimiento del trabajo.

La respuesta de Hacienda

En su respuesta (Consulta Vinculante V2961-19, de 24 de octubre de 2019), Hacienda determina en primer lugar que a la vista de la información y documentación aportada, parece desprenderse que el contrato de seguro instrumenta compromisos por pensiones conforme a la disposición adicional primera del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

Por su parte, en el ámbito fiscal, el artículo 17.2.a).5ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE de 29 de noviembre) dispone que, en todo caso, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo:

“5.ª … las prestaciones por jubilación e invalidez percibidas por los beneficiarios de contratos de seguro colectivo que instrumenten los compromisos por pensiones asumidos por las empresas, en los términos previstos en la disposición adicional primera del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, y en su normativa de desarrollo, en la medida en que su cuantía exceda de las contribuciones imputadas fiscalmente y de las aportaciones directamente realizadas por el trabajador.”

Teniendo eso en cuenta, señala la Dirección General de Tributos, la prestación por incapacidad percibida del contrato de seguro objeto de consulta se califica como rendimientos del trabajo.

Por tanto, deberá integrarse en la base imponible general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del perceptor.

 

Por: Estela Martín

Linkedin TopVoices España 2020. DirCom & RSC en ...

Buscar
Categorías
Loading

Llámanos

x

Utilizamos cookies para mejorar tu experiencia. Si continúas, consideramos que aceptas el Uso de cookies