19 Ene
faqs fiscales

¿Cómo tributa la indemnización por daños morales percibida en virtud de sentencia judicial?

Por sentencia judicial de 23 de marzo de 2021 se reconoce al consultante una indemnización por daños morales (por vulneración del derecho a la intimidad) de 6.251,00€ . Se plantea a la Dirección General de Tributos (DGT) la tributación de la indemnización en el IRPF.

La respuesta de Tributos

En su respuesta (V2928-21, de 19 de noviembre de 2021), la DGT señala lo siguiente:

En el caso concreto enjuiciado, la indemnización es consecuencia de una vulneración del derecho a la intimidad y es fijada por sentencia judicial en compensación por los daños morales causados.

Por tanto, nos encontramos ante una obligación de reparar el daño causado que el juez impone a quien lo ha producido (ámbito de la responsabilidad civil), lo que nos lleva al artículo 7,d) de la Ley 35/2006, LIRPF donde se establece lo siguiente:

“Estarán exentas las siguientes rentas:

(…).

d) Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida.

Igualmente estarán exentas las indemnizaciones por idéntico tipo de daños derivadas de contratos de seguro de accidentes, salvo aquellos cuyas primas hubieran podido reducir la base imponible o ser consideradas gasto deducible por aplicación de la regla 1.ª del apartado 2 del artículo 30 de esta Ley, hasta la cuantía que resulte de aplicar, para el daño sufrido, el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, incorporado como anexo en el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre”.

Conforme con tal configuración, la indemnización objeto de consulta se encuentra amparada por la exención del artículo 7,d).

Esto es así pues la indemnización responde a daños personales (físicos, psíquicos o morales, morales en este caso) y no a daños materiales, habiéndose establecido su cuantía por sentencia judicial, por lo que se identifica con el concepto de renta exenta relativo a la indemnización por responsabilidad civil por daños personales y cuyo importe ha sido fijado judicialmente.

Por: Estela Martín

Linkedin TopVoices España 2020. DirCom & RSC en ...

Buscar
Categorías
Loading

Llámanos

x

Utilizamos cookies para mejorar tu experiencia. Si continúas, consideramos que aceptas el Uso de cookies