13 Nov
autónomos Cotización 2021

UPTA insta al Gobierno a modificar para 2021 el sistema de cotización de los autónomos

UPTA insta al Gobierno a modificar ya para 2012 el sistema de cotización a la Seguridad Social de los autónomos (RETA).

La propuesta para la modificación del sistema de cotización de UPTA contiene, entre otros, los siguientes puntos:

Establecer tramos de cotización diferenciados.

En primer lugar, es ineludible rebajar el esfuerzo contributivo de aquellos autónomos que declaran rendimientos netos de  actividades económicas y/o profesionales por debajo del SMI.

Para estos deberían establecerse dos tramos especiales:

1. Para los que obtengan rendimientos netos inferiores al 50% del SMI: se establecerá una cuota de cotización súper reducida que se calculará sobre el 25% de la base mínima de cotización vigente. (236,10 x 30,30 % = 71,54€).

2. Para los que obtengan rendimientos netos superiores al 50% del SMI y no superiores a la cuantía del SMI en cómputo anual: se establecerá una cuota de cotización reducida que se calculará sobre el 50% de la base mínima de cotización vigente. (472,20 x 30,30% = 143,08€).

Para el resto de los supuestos, proponemos los siguientes tramos de cotización en proporción al rendimiento neto obtenido por el ejercicio de la actividad económica y/o profesional:

Primer tramo
Para aquellos autónomos cuyos rendimientos netos superen la cuantía del SMI en cómputo anual y no excedan de 25.000 euros anuales, la base mínima de cotización mensual será de 944,40 €.

Segundo tramo
Para los trabajadores por cuenta propia, cuyos rendimientos netos de actividad se encuentren entre los 25.000€ y los 30.000€ anuales, su base mínima de cotización mensual será la equivalente a la base mínima de cotización mensual (Grupo A), prevista para las personas trabajadoras autónomas societarias, 1.214,08€.

Tercer tramo
Para aquellos autónomos cuyos rendimientos netos de actividades económicas y/o profesionales estén comprendidos entre los 30.000€ y los 40.000€ anuales, su base mínima de cotización mensual será un 20% superior al tramo anterior, 1.456,96€.

Cuarto tramo
Las personas trabajadoras autónomas que obtengan rendimientos netos de actividades, por importes comprendidos entre los 40.000€ y 50.000€ anuales, su base mínima de cotización mensual será de un 20% superior al tramo anterior, 1.748,34€.

Quinto tramo
Los autónomos que obtengan rendimientos netos de actividades, por importes comprendidos entre los 50.000€ y 60.000€ anuales, su base mínima de cotización mensual será de un 20% superior al tramo anterior, 2.098 €.

Sexto tramo
Los trabajadores por cuenta propia que obtengan rendimientos netos de actividades económicas y/o profesionales superiores a 60.000€ anuales, la base mínima de cotización mensual será de 2.517,60€.

Desde UPTA aseguran que » el sistema que proponemos garantiza que ninguna persona trabajadora autónoma haga
aportaciones indebidas al sistema, tanto por sobre cotización o por infra cotización.

Es necesario que la gran mayoría de los cotizantes al RETA se incorporen al nuevo sistema de cotización en función de sus rendimientos netos.

Consideramos que en primer lugar se incorporarán los más de 1.9 millones de autónomos, personas físicas, y en un plazo no superior a la finalización del ejercicio de 2021, se incorporarán los trabajadores por cuenta propia societarios».

Pinche aquí para conocer la propuesta íntegra de UPTA.

Por: Estela Martín

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