
Nuevos contratos: ¿cómo quedan a partir de hoy (1 de septiembre) las bonificaciones a la contratación por conciliación?
Nuevos contratos: A partir de hoy (1 de septiembre de 2023) se aplica el nuevo sistema de bonificaciones a la contratación introducido por el RDLey 1/2023. En concreto, las bonificaciones y Reducciones a para la Conciliación de la Vida Personal, Laboral y Familiar quedan de este modo:
Contratos para sustituir a personas de baja por maternidad o paternidad, lactancia, riesgo durante el embarazo o lactancia
Supuestos cubiertos: Contratos de duración determinada que se celebren con personas desempleadas para sustituir a personas trabajadoras en determinados supuestos (riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, nacimiento y cuidado del menor o la menor o ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante)
Requisito general: Inscritos como demandantes de empleo y menores de 30 años.
Cuantía: 366 euros/mes.
Duración: mientras dure la sustitución.
Normativa: artículo 17 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero.
Cotización de las personas sustituidas en determinados supuestos de conciliación
Supuesto: Bonificaciones en la cotización de las personas trabajadoras sustituidas durante las situaciones de nacimiento y cuidado del menor o la menor, ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural
Cuantía: 366 euros/mes.
Duración: mientras dure la sustitución.
Normativa: artículo 18 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero.
Contratos para sustituir a trabajadoras víctimas de la violencia de género o víctimas de violencia sexual
Supuesto: Contratos de sustitución para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género y víctimas de violencia sexual que hayan suspendido su contrato ejercitando su derecho a la movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo
Cuantía: Bonificación del 100 % de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.
Duración: mientras dure la sustitución. En el caso de movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo la duración máxima será de 6 meses.
Normativa: Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Disposición adicional novena del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
¡Importante! Y hay que recordar, como explicamos aquí, que las empresas obligadas a tener Plan de Igualdad que no lo tengan implantado y registrado no podrán beneficiarse de bonificaciones a la contratación.