
Resolviendo FAQs: 3 cuestiones resueltas sobre los tickets restaurante
A vueltas con los tickets restaurante: explicamos 3 cuestiones que han sido resueltas recientemente y que conviene conocer:
1. ¿Responde la empresa si los empleados incumplen la prohibición de acumular las cuantías no consumidas?
Pues bien, se ha pronunciado la Dirección General de Tributos en una Consulta Vinculante muy reciente (V1923-21, de 21 de junio de 2021), como te explicamos en nuestro blog.
2. ¿Están exentos los ticket restaurante los días de teletrabajo?
Esta cuestión se aclaró expresamente vía normativa.
Existía la duda de si podía aplicarse la exención del art. 42 de la LIRPF en caso de los días de teletrabajo (cumpliendo obviamente los requisitos de la normativa).
Pues bien, sí es posible la exención. Así lo determina expresamente la Disposición Final Primera del Real Decreto-Ley 35/2020, de 22 de diciembre.
Además, la Dirección General de Tributos también se ha pronunciado expresamente al respecto en una Consulta Vinculante.
3. ¿Cabe suprimir los tickets restaurante los días de teletrabajo?
La Audiencia Nacional se ha pronunciado al respecto en varias sentencias, dejando claro que si se ha creado un derecho adquirido para los trabajadores, no cabe su supresión los días de teletrabajo.
Sentencia de la AN de 18 de marzo de 2021 y de 9 de diciembre de 2020. Pincha aquí para más información.