04 Oct
directiva whistleblowing

3 sentencias de Planes de Igualdad declarados nulos por negociarlos con sujetos no legitimados

Planes de Igualdad: Las empresas de más de 100 trabajadores están obligadas a tener ya elaborado e implantado su Plan de Igualdad. Ahora bien, negociarlo no es tarea sencilla y el primer paso es sentarse a negociar con los interlocutores legitimados. Porque si no, el riesgo de que los tribunales declaren nulo el Plan es muy alto:

1. No caben comisiones ad hoc para los Planes de Igualdad

La STS 126/2017 de 14 febrero (rc. 104/2016) sentenció que la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad debe constituirse por acuerdo entre la empresa y los representantes legales de los trabajadores, sin que pueda ser sustituida por una comisión «ad hoc»:

La empresa debió elaborar y aplicar un plan de igualdad, al estar legalmente obligada a negociar con los representantes legales de los trabajadores medidas que atenderán a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad

El convenio colectivo al que remite la ley señala que el Plan de Igualdad que se suscriba en la empresa ha de contar con el acuerdo de la empresa y los representantes legales de los trabajadores, lo que no permite sustituir el mismo por un acuerdo entre la empresa y una comisión de trabajadores creada ad hoc para su negociación.

En fechas recientes, la STS 95/2021 de 26 enero (rc. 50/2020, Ayesa II) ha insistido y reforzado esa línea argumental:

No es factible sustituir a los representantes unitarios o sindicales de los trabajadores por una comisión ad hoc, que es una fórmula negociadora excepcional, habilitada por el legislador, cuando no hay representación legal de los trabajadores, para acometer la negociación de determinadas modalidades de negociación colectiva, anudadas a medidas de flexibilidad interna y externa, sin que dicha representación ad hoc pueda utilizarse para la negociación de los convenios colectivos.

2. No cabe implantación unilateral del Plan de Igualdad cuando la negociación esté bloqueada

¿Si la negociación se bloquea, cabe la implantación unilateral del Plan de Igualdad?

El criterio de la sentencia STS 832/2018 de 13 septiembre (rc. 213/2017) deja muy claro que es erróneo afirmar que ante un bloqueo negociador la empresa puede adoptar el Plan de Igualdad obviando el acuerdo (salvo que existan circunstancias muy excepcionales que no se dan en el caso concreto enjuiciado).

Aunque pudiera concluirse que un bloqueo negociador por parte de los representantes de los trabajadores podría erigirse en justificación razonable del incumplimiento de la obligación de contar con un plan de igualdad o, al límite, como justificación de la implementación unilateral de un plan de igualdad provisional, lo cierto es que para ello deberían darse circunstancias excepcionales:

Bloqueo negociador imputable exclusivamente a la contraparte; negativa de la misma a negociar, ausencia de cualquier tipo de representación, lo cual no concurre en el presente supuesto.

Además, reitera el TS en esta sentencia que la aprobación del Plan de igualdad exige alcanzar un acuerdo con la representación legal de los trabajadores, sin que quepa su imposición unilateral por el empresario, cuando no haya acuerdo.

3. Nulidad del Plan de Igualdad negociado por la CSP precedente

Se discute la validez de un Plan de Igualdad de ámbito empresarial, negociado y aprobado por la Comisión de Seguimiento del Plan (CSP) precedente. Se declara nulo por falta de legitimación (sent. del TS de 25 de mayo de 2021).

El I Plan de Igualdad, razona el TS, estuvo adecuadamente negociado, pero la CSP prevista en el mismo carece de competencia para aprobar el posterior.

Se trata de una comisión de administración y aplicación del Plan, a la cual el ordenamiento «no le reconoce funciones negociadoras, ni le autoriza para prolongar el Plan más allá de su vigencia, ni extender su ámbito funcional a colectivos no representados durante su negociación inicial, ni a mantenerse en funciones, una vez extinguida la vigencia del Plan, ni renovar y ampliar su composición.

Este jueves, 7 de octubre, SincroGO participa como ponente en el webinar «Planes de igualdad y brecha salarial: cómo pasar de la obligación legal a conseguir un beneficio para la empresa». Allí abordaremos, entre otras cuestiones, cómo negociar bien un Plan de Igualdad. .Asistencia gratuita pevia inscripción.

Por: Estela Martín

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