24 Sep

Cambios de la reforma parcial de la Ley General Tributaria

Cambios de la reforma parcial de la Ley General Tributaria. Se ha oído mucho hablar sobre la publicación del listado de deudores fiscales, pero la reforma tributaria incluye otras novedades que conviene conocer. Desde Sincro Business Solutions te contamos algunas de ellas.

El objetivo de los cambios es reforzar la seguridad jurídica en materia tributaria y reducir la litigiosidad, es decir, ayudar a crear una ley menos interpretable y que por lo tanto de pie a menos reclamaciones y denuncias en materia fiscal. Además, también se busca prevenir el fraude fiscal incentivando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias para que después no tenga que ir Hacienda por detrás reclamando pagos.

Por otro lado, Hacienda también espera mejorar el aprovechamiento de los recursos de la AEAT y mejorar su eficacia. Para ello, y aunque no figura en la ley, se han revisado los incentivos de los inspectores, que cobrarán hasta 550 euros la hora si cumplen objetivos según informa El Confidencial.

MEDIDAS CONCRETAS

Como todo cambio legislativo, existen una serie de actuaciones concretas y modificaciones que es importante conocer porque afectan a las obligaciones fiscales y a las consecuencias de determinados actos. Estas son las más importantes

  • Publicación de un listado de deudores. Se prevé la publicación de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias con la publicación de un listado de contribuyentes con deudas y también de quienes hayan sido sancionados con más de un millón de euros y que no hayan procedido a su pago en el periodo ejecutivo. No se incluirán en este ranking las deudas y sanciones aplazadas o suspendidas.
  • Se añade una infracción que permitirá sancionar supuestos que hayan sido declarados por la Administración como conflicto en la aplicación de la norma, según señala CEF. Dicho de otra forma, será importante repasar la doctrina previa antes de reclamar y de llevar a cabo acciones que contradigan la norma.
  • Se amplían los poderes de la Dirección General de Tributos (DGT), que ahora tendrá más ‘mano ancha’ para dictar disposiciones interpretativas o aclaratorias con carácter vinculante.
  • Se simplifica el proceso de inspección y se amplían los plazos. Con carácter general, el procedimiento de inspección queda establecido en 18 meses y pasa a ser de 27 meses en los casos más complejos.
  • Se amplía la posibilidad de revisar ejercicios prescritos relacionados con obligaciones de ejercicios no prescritos. La nueva ley fija en 10 años el tiempo que la AEAT puede echar la vista atrás para revisar ejercicios fiscales ya prescritos siempre que lo relacionado con ellos incida en una investigación sobre un ejercicio no prescrito. Aquí puedes ampliar información.

Además, también se han incluido cambios para el que el Estado pueda recuperar más rápido las ayudas que concedió y que no debían de haberse dado y se pone en marcha el Proyecto de Suministro Inmediato de Información a partir del 1 de enero de 2017 que obligará a algunas empresas a llevar su contabilidad a través de la página de la AEAT. Aquí puedes comprobar si tu empresa está o no obligada.

En términos generales, el objetivo es que haya menos reclamaciones haciendo cambios para que la ley sea menos interpretable y se pueda aplicar de forma más sistemática.
Por: Carlos Mª Ruiz García

Socio Director – Abogado

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