16 Ene
normas contables 2021 Circular CNMV

Código de Buen Gobierno: la CNMV recomienda a las empresas alcanzar al menos un 40% de mujeres en el Consejo de Administración

Diversidad, compliance y liderazgo femenino. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) recomienda a las empresas alcanzar al menos un 40% de mujeres en el Consejo de Administración.

En concreto, la CNMV inició ayer, 15 de enero de 2020, una consulta pública sobre la propuesta de modificación de determinadas recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas vigente desde 2015.

En concreto, respecto a la composición de los consejos, se han revisado las recomendaciones 14 y 15 ya que el actual objetivo sobre diversidad tiene un umbral temporal que finaliza en 2020.

La nueva propuesta recomienda directamente que el número de consejeros del sexo menos representado suponga, al menos, el 40% del total de miembros del consejo de administración.

Asimismo, tras haberse constatado que el número de consejeras ejecutivas es especialmente bajo, lo que guarda relación con la escasa presencia femenina en la alta dirección, se propone que la política de selección de las empresas fomente que haya un número suficiente de mujeres en los puestos directivos de mayor responsabilidad.

Objetivos de la Reforma del Código

Entre otros, los principales objetivos que persigue la Reforma del Código de Buen Gobierno son éstos:

– Actualizar algunos contenidos del Código actual para adaptarlos a cambios legales producidos desde su entrada en vigor o para aclarar o complementar su alcance
– Reforzar los aspectos relacionados con los controles para evitar posibles prácticas irregulares
– Incorporar un enfoque más actual en lo relativo a sostenibilidad
– Actualizar el planteamiento del Código sobre diversidad en los consejos, una vez que la recomendación anterior sobre género ponía como límite temporal para alcanzar su objetivo 2020.

Prácticas irregulares
Entre las modificaciones planteadas destacan las relacionadas con los mecanismos de control y el tratamiento de las situaciones que puedan afectar a la reputación de los consejeros y de las propias empresas.

En este sentido, se propone la reforma de la recomendación 22 con el objetivo de promover que el consejo examine lo antes posible las situaciones que afecten a un consejero, relacionadas o no con su actuación en la sociedad, incluidos los casos de corrupción, que puedan perjudicar el crédito y reputación de la sociedad, sin esperar, como se prevé actualmente, a que el consejero sea procesado o se produzca la apertura del juicio oral.

Adicionalmente, en cuanto a las posibles actuaciones se menciona la apertura de una investigación interna, además de la posibilidad de solicitar la dimisión o proponer el cese del consejero afectado.

¿Voluntariedad u obligatoriedad del Código?

Sobre el Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas, hay que destacar que el marco actual del gobierno corporativo de las sociedades cotizadas en España debe valorarse considerando dos niveles:

a) Por un lado las normas de obligado cumplimiento incorporadas a la Ley de Sociedades de Capital y demás disposiciones legales aplicables.
b) Por otro, las recomendaciones de buen gobierno contenidas en este Código de buen gobierno, de carácter estrictamente voluntario, puesto que las cuestiones consideradas básicas e imprescindibles han quedado incorporadas a normas de obligado cumplimiento.

Por: Estela Martín

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