22 Mar
V AENC

¿Cómo tendrán las empresas la información de los partes de baja de los trabajadores a partir del 1 de abril?

El 1 de abril de 2022 entrará en vigor el nuevo sistema de gestión de los partes de baja por incapacidad temporal que supone, entre otros, el fin de la obligación de los trabajadores de entregar el parte de baja a su empresa.

Así lo dispone el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el RD 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 356 de su duración (BOE de 5 de enero de 2023).

El RD 1060/2022 y la Orden 2/ISM/2023 modifican, respectivamente, el RD 625/2014 y la Orden EES/1187/2015.

A partir del 1 de abril de 2023 se producirán las siguientes novedades:

  • Supresión de la obligación del trabajador de recibir y presentar la copia del parte médico de IT que estaba destinada a la empresa.
  • Se suprime la obligación de las empresas de transmitir información al INSS en los sucesivos partes de confirmación y de alta. Únicamente deberán remitir al INSS los datos económicos en los partes de baja.

Partes de baja por IT a partir del 1 de abril de 2023

A partir del 1 de abril de 2023, ¿cómo conocerán las empresas la información de los partes médicos de IT de sus trabajadores? La Seguridad Social ha realizado las siguientes aclaraciones sobre cómo será la nueva operativa:

Las empresas recibirán la información a través del Fichero INSS Empresas (FIE). En este sentido, hay dos formas de descargar el FIE, en función del medio de transmisión de la autorización RED de la empresa:

Si el medio de transmisión de mi Autorización RED es Sistema de Liquidación Directa: podré utilizar SILTRA. No obstante, también podré acceder al servicio FIER del Sistema RED Online.
Si el medio de transmisión de mi Autorización RED es Sistema RED Directo: únicamente podré utilizar el servicio FIER del Sistema RED Online.

Con que periodicidad se recibe el FIE a través de SILTRA

Se envía diariamente siempre que en la base de datos del INSS se genere alguna modificación de alguno de los campos que están incluidos en el FIE.

El FIE se estructura en etiquetas que incluyen información sobre la empresa, el trabajador y las prestaciones de Seguridad Social. Las etiquetas que incluyen información sobre las prestaciones de Seguridad Social son las siguientes:

Etiqueta DIT “Datos de Incapacidad Temporal”: contiene información de los partes de baja y alta enviados por los Servicios Públicos de Salud y Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.

Etiqueta IT 2 “Datos Incapacidad Temporal 2”: informa sobre la fecha y tipo de accidente de trabajo.

Etiqueta ITD “IT Pago Directo”: Informa sobre la prestación de IT en la modalidad de pago directo del INSS y del ISM.

Etiqueta OIT “Otros Datos de IT”: Informa sobre otros datos de la IT en modalidad pago directo y la fecha de agotamiento de los 545 días

Etiqueta CIT “Continuación Situación IT”: Informa sobre el contenido de los partes de confirmación enviados por los Servicios Públicos de Salud y Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.

Etiqueta DIP “Datos Incapacidad Permanente”: Informa sobre el reconocimiento de pensiones de incapacidad permanente y LPNI.

Etiqueta JUB “Datos de Jubilación”: Informa sobre el reconocimiento de pensiones de jubilación.

Etiqueta DOP “Datos de Otras Prestaciones”: Informa sobre otras prestaciones abonadas en pago directo (Nacimiento y cuidado de menor; Riesgo durante el embarazo; Riesgo durante la lactancia; Cuidado del menor; Corresponsabilidad del Cuidado del Lactante).

Etiqueta NAC “Datos sobre Nacimientos”: Informa sobre los nacimientos comunicados por del Ministerio de Justicia

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