
Así opera el crédito horario especial de los Delegados de Medio Ambiente en el sector cementero
Los delegados de Medio Ambiente del sector cementero tienen derecho a un crédito horario especial. Así se fija en el art. 12 de la Resolución de 10 de agosto de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Acuerdo para la transición hacia la neutralidad climática del sector cementero (publicada hoy, 26 de agosto de 2022, en BOE).
Aplica al convenio del sector cementero (Código de convenio n.º: 99100035082011). El acuerdo se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2024
Delegados de medioambiente. Sector cementero
En concreto, en el artículo 12 de la Resolución (Crédito horario de los Delegados de Medio Ambiente) se establece lo siguiente:
- El tiempo utilizado por los Delegados de Medio Ambiente para el desempeño de las competencias asignadas será considerado como de ejercicio de funciones de representación a efectos de la utilización del crédito de horas mensuales retribuidas previsto en el art. 68.e del ET.
- Los Delegados de Medio Ambiente dispondrán de un crédito horario de 10 horas mensuales que no podrá acumularse en otros miembros.
- Las horas podrán ser utilizadas en forma de bolsa anual por cada delegado o delegada, quien hará uso de las mismas justificadamente, en función de la necesidad para el ejercicio de sus funciones.
- Las horas destinadas a formación en materia de sostenibilidad no forman parte de este cómputo y constituyen un crédito horario retribuido diferenciado, con un máximo anual de 16 horas.
- En el supuesto de que el delegado sea miembro del Comité de Empresa, éstas serán adicionadas a las que tuviera como representante de los trabajadores.
- Además, será considerado en todo caso como tiempo de trabajo efectivo, sin imputación al citado crédito horario, el correspondiente a las reuniones ordinarias y extraordinarias convocadas por la empresa en materia de medio ambiente