02 Nov
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Nuevo sistema de cotización de los expatriados: ya está disponible el modelo oficial de acuerdo entre empresa y trabajador

Expatriados (trabajadores desplazados): La Seguridad Social ya ha elaborado el modelo de acuerdo entre empresa y trabajador para poder aplicarse el nuevo sistema de cotización contemplado en la Orden ISM/835/2023, de 20 de julio, que entró en vigor ayer, 1 de noviembre de 2023.

Tal y como explicamos en nuestro blog, ahora los trabajadores desplazados al extranjero podrán, si así lo desean, mantener toda su vida laboral en el extranjero mantener su cotización a la Seguridad Social española, sin límite de tiempo.

La Orden define a los desplazados como los trabajadores empleados en España de una empresa que ejerce sus actividades en territorio español y son enviados a otro país con el fin de realizar un trabajo asalariado por cuenta de dicha empresa.

La Orden establece como novedad la posibilidad de aplicarse con carácter voluntario, a los trabajadores desplazados a países con instrumento internacional de coordinación de los sistemas de Seguridad Nacional, que, una vez finalizado el periodo máximo previsto de desplazamiento en el instrumento internacional, se ven obligadas (según normativa del país destino) a desvincularse temporalmente de la Seguridad Social española, y a cotizar en el país de destino

Modelo de Acuerdo oficial para la vinculación voluntaria a la Seguridad Social española

Tal y como se establece en la norma, la vinculación voluntaria al sistema de la Seguridad Social española se realizará con arreglo a las siguientes reglas:

a) Las personas trabajadoras y las empresas deberán formalizar por escrito, de forma conjunta y en el modelo oficial, un acuerdo para la aplicación de la legislación española en materia de Seguridad Social, con independencia de la aplicación obligatoria, asimismo, de la legislación en esta materia del país en el que se encuentren desplazados que, en su caso, pudiera proceder.

Deberán constar, como mínimo, los datos referentes a la identificación de la persona trabajadora y de la empresa, la fecha de inicio de la inclusión voluntaria en la SS española, el país en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra desplazada y la declaración formal del consentimiento de las partes para la aplicación de la legislación española en materia de SS.

b) Las empresas estarán obligadas, en todo caso, a poner a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) dicho acuerdo junto con la solicitud, en modelo oficial, de permanencia de la persona trabajadora en el régimen de la Seguridad Social en el que estuviera encuadrada.

Asimismo, deberán facilitar al Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social dicho documento cuando sean requeridas para ello por ese organismo.

c) Las empresas deberán conservar el documento durante todo el periodo de duración del desplazamiento con vinculación voluntaria a la Seguridad Social española y hasta el último día del cuarto año natural siguiente a la finalización de dicho desplazamiento.

d) El trabajador o trabajadora dispondrá, asimismo, de un ejemplar del acuerdo.

El Modelo oficial de acuerdo para la vinculación voluntaria al sistema de la Seguridad Social española se puede descargar a través de este link. 

Tal y como se especifica en el modelo, ambas partes manifiestan su consentimiento para que la persona trabajadora continúe sujeta a laegislación española de Seguridad Social en situación asimilada a la de alta en el Régimen de la Seguridad en el que está encuadrada, a efectos de lo dispuesto en la Orden ISM/835/2023, con independencia de la aplicación obligatoria de la legislación en esta materia del país en el que se encuentra desplazada.

 

Por: Estela Martín

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