08 Ene
medidas laborales acuerdo PSOE Unidas Podemos

Habemus Gobierno: las medidas laborales clave contempladas en el Acuerdo PSOE-Unidas Podemos

Habemus Gobierno. El Congreso de los Diputados de la XIV Legislatura otorgó ayer, 7 de enero, su confianza a Pedro Sánchez por mayoría simple en la segunda votación del debate de investidura.

Te contamos en este post las principales medidas que incorpora el documento «Coalición Progresista. Un nuevo acuerdo para España», suscrito entre PSOE y Unidas Podemos.

Derogar la Reforma Laboral

Tal y como se especifica en el texto del acuerdo, se derogarán los aspectos considerados como «más lesivos» de la Reforma Laboral.

En concreto, y con carácter urgente (según dispone expresamente el texto):

  • Derogar la posibilidad de despido por absentismo causado por bajas por enfermedad.
  • Derogar  las limitaciones al ámbito temporal del convenio colectivo, haciéndolo llegar más allá de las previsiones contenidas en el mismo, tras la finalización de su vigencia y hasta la negociación de uno nuevo.
  • Derogar la prioridad aplicativa de los convenios de empresa sobre los convenios sectoriales.

Medidas en materia de contratación

  • Revisión de los contratos formativos y aprobación y desarrollo del Estatuto del Becario para que su uso responda a finalidades exclusivamente formativas. En este campo, se impulsará la mejora de sus retribuciones y limitaremos el encadenamiento de periodos de prácticas y estableciendo un porcentaje máximo de becarios y becarias en las empresas.
  • Recuperar los derechos laborales en los procesos de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, revisando las causas y el procedimiento, garantizando su reversibilidad y su carácter negociado.
  • Simplificar y reordenar el menú de contratos de trabajo. Reforzar el principio de causalidad en la contratación temporal y las sanciones aplicables a su uso fraudulento de forma que la contratación indefinida sea la forma ordinaria de acceso al empleo, promoviendo las reformas legislativas necesarias para ello.
  •  Explorar las opciones posibles para reducir la dualidad, favoreciendo el uso del contrato fijo discontinuo para actividades cíclicas y estacionales.
  • Reforzar el control de la contratación a tiempo parcial, en especial en lo relativo a la distribución irregular del tiempo de trabajo contratado.

Otras medidas

  • Se modificará el art. 42.1 del Estatuto de los Trabajadores sobre contratación y subcontratación laboral a efectos de limitar la subcontratación a servicios especializados ajenos a la actividad principal de la empresa.
  • Se limitará la capacidad de modificación unilateral de las condiciones del contrato por parte de la empresa.
  • Se revisara el mecanismo de inaplicación de los convenios colectivos (el llamado «descuelgue», orientándolo a descuelgue salarial vinculado a causas económicas graves.
  • Se subirá el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta alcanzar progresivamente el 60% del salario medio en España tal y como recomienda la Carta Social Europea.
  • Se revisarán las causas del despido para hacer más precisa la definición de las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (causas ETOP).
  • Unido al punto anterior, se reforzará el papel de la ITSS y la autoridad laboral en el control de los despidos colectivos y en otros expedientes de regulación de empleo.
  • Se impulsará y reforzará la lucha contra el fraude laboral.
  • En materia de prevención de riesgos laborales, se actualizará la legislación de prevención de riesgos laborales. Para ello, según especifica expresamente el texto del acuerdo, se actualizará el catálogo de enfermedades profesionales, así como el procedimiento de notificación del accidente de trabajo.

Habrá que ver cómo se articulan todas estas medidas en la práctica y en qué plazos y condiciones, ya que algunos son cambios que entrañan un enorme cambio del mercado laboral e impactarán de manera directa en la gestión de las relaciones laborales, las contrataciones y los despidos.

 

Por: Estela Martín

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