
Hoy, 5 de octubre, se abre el plazo para declararse empresa dependiente o integrante de la cadena de valor
ERTEs: Hoy, 5 de octubre, se abre el plazo para declararse empresa dependiente o integrante de la cadena de valor
Las empresas tienen de plazo hasta el próximo 19 de octubre para presentar la declaración, tal y como establece la Disposición Adicional Primera del RD-Ley 30/2020.
- ¿Qué empresas son integrantes o dependientes de la cadena de valor?
Las empresas cuya facturación durante 2019 se haya generado, al menos, en un 50% en operaciones realizadas de forma directa con las incluidas en alguno de los códigos CNAE-09 establecidos en el Anexo del RD-Ley 30/2020.
También aquellas cuya actividad real dependa indirectamente de la desarrollada efectivamente por las empresas incluidas en dichos códigos CNAE-09.
- Cómo se tramita la solicitud
El procedimiento se iniciará mediante solicitud de la empresa ante la autoridad laboral que hubiese dictado la resolución expresa o tácita del ERTE prorrogado.
Junto con la solicitud, la empresa debe aportar un informe o memoria explicativa de la concurrencia de las circunstancias y, en su caso, de la correspondiente documentación acreditativa.
La empresa deberá comunicar su solicitud a los trabajadores y trasladar el informe y la documentación acreditativa, en caso de existir, a los representantes de los trabajadores.
La resolución de la autoridad laboral se dictará en el plazo de cinco días a contar desde la presentación de la solicitud, previa solicitud de informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El informe de la Inspección se evacuará en el plazo improrrogable de cinco días.
La resolución de la autoridad laboral se limitará únicamente a constatar la condición de empresa integrante de la cadena de valor o dependiente indirectamente.
Importante: El silencio administrativo se considerará positivo.