
Las 10 claves de la Reforma Laboral aprobada hoy en Consejo de Ministros
ÚLTIMA HORA: Hoy, 28 de diciembre de 2021, tal y como estaba previsto, se ha aprobado en Consejo de Ministros la reforma (que no derogación) de la Reforma Laboral.
Aprobado el Rd-Ley que recoge el acuerdo alcanzado entre el Gobierno, las organizaciones sindicales CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME para reformar estructuralmente el mercado laboral.
Éstas son las 10 claves principales que hay que tener en cuenta (aunque habrá que esperar a ver la letra pequeña de las medidas cuando se publiquen en el BOE)
Las 10 medidas de la Reforma Laboral
1• Fin del contrato de obra o servicio
2• Reformulación de los contratos temporales. La contratación temporal podrá justificarse por circunstancias de la producción o por sustitución de la persona trabajadora
3• Los convenios colectivos recuperan la ultraactividad indefinida
4• El convenio de empresa deja de ser prevalente en materia salarial, evitando las prácticas de devaluación salarial
5• Se opera un cambio de modelo respecto al contrato formativo que tendrá dos modalidades: formación en alternancia y obtención de la práctica profesional.
NOTA: Habrá que esperar a ver la letra pequeña en el BOE para poder analizar bien las diferencias entre la regulación actual de los contratos formativos (contrato en prácticas y contrato para la formación y el aprendizaje) y la nueva regulación.
6• Se rediseñan los desincentivos de los contratos de muy corta duración para reducir la excesiva rotación. Aumentará la penalización.
7• Se introducen nuevos mecanismos de flexibilidad interna, con exoneraciones a la Seguridad Social e incentivos a la formación, como alternativa a la temporalidad y para reducir los despidos en momentos de crisis o reconversión, siguiendo el modelo usado durante la pandemia
8 Subcontratación
Desde el Gobierno han destacado que con el cambio «siempre habrá un convenio colectivo sectorial aplicable, una cuestión decisiva ya que permite cubrir vacíos legales existentes hasta ahora».
El convenio sectorial aplicable puede ser el de la actividad desarrollada en la empresa principal u otro si así lo determina la negociación colectiva sectorial dentro de sus normas generales.
El convenio de empresa solo podrá aplicarse por la contratista si determina mejores condiciones salariales que el sectorial que resulte de aplicación
La nueva norma regula, por tanto, en base a la actividad propia de la empresa.
En el caso de que realice actividades esenciales para el desarrollo de la empresa se aplicar a las personas trabajadoras el convenio sectorial de la actividad que desarrolla la contrata o subcontrata.
9 Mecanismo RED y ERTEs «especiales»
Debe ser activado por el Consejo de Ministros, previa información a las organizaciones más representativas
La autoridad laboral dará luz verde si la empresa ha desarrollado un periodo de consultas y si hay concurrencia de causas, por tanto, habrán de justificarse los motivos.
Dos modalidades:
Cíclica: proporcionará a las empresas un marco estable ante una caída transitoria o cíclica de su demanda por causas macroeconómicas, para evitar despidos inmediatos al shock.
Las empresas podrán suspender a parte de sus trabajadores durante un plazo máximo de un año en lugar de despedirles. Durante ese periodo de suspensión, se incentivará la formación de los trabajadores y se establecen exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social decrecientes en el tiempo.
Sectorial: las organizaciones sindicales y empresariales más representativas podrán solicitar la convocatoria de la Comisión Tripartita del Mecanismo RED.
Irá, en este caso, acompañado de un plan de recualificación. Esta modalidad proporciona apoyo a la recualificación de trabajadores de empresas y sectores en transición que requieren cambios permanentes.
En ese caso, para evitar el ajuste de empleo tradicional, la empresa puede activar este mecanismo durante un plazo máximo de un año (seis meses, con posibilidad de prorrogar seis meses más).
Para ello, además, la empresa de destino accederá a una bonificación del 50% durante seis meses.
10• Revisión de las medidas
El Gobierno efectuará una evaluación de los resultados obtenidos por las medidas previstas en enero de 2025