02 Sep
actualidad laboral 2019

Las 6 novedades y medidas laborales más destacadas que se han producido en agosto de 2019

¿De vacaciones en agosto? Te resumimos en este post las novedades laborales más importantes que se han aprobado o han tenido lugar durante el mes de agosto.

1. Publicada la Instrucción 4/2019 de la Inspección de Trabajo sobre contratación laboral fraudulenta
Se ha publicado la Instrucción nº 4/2019, de 7 de agosto de 2019, sobre la aprobación de planes de choque contra la contratación fraudulenta y contra el uso irregular del contrato a tiempo parcial.

El Plan de choque contra el fraude en la contratación temporal tiene como objetivo analizar los datos disponibles sobre los contratos temporales que se hayan podido suscribir de forma fraudulenta o con superación de los límites temporales de duración y proceder a regularizar los mismos, adoptando las medidas necesarias.

Por su parte, el Plan de choque contra la utilización irregular del contrato parcial pretende analizar los datos disponibles de los contratos a tiempo parcial en los que la jornada declarada en el contrato no se corresponda con la realmente realizada, procediendo en su caso a la regularización tanto de la jornada como de la situación de Seguridad Social de los trabajadores afectados.

2. Aprobados en Consejo de Ministros dos nuevos planes de lucha contra el fraude laboral

El Consejo de Ministros del pasado 9 de agosto aprobó dos nuevos planes de choque contra el fraude laboral; en concreto contra la temporalidad fraudulenta y los abusos en la contratación a tiempo parcial.

Además, analizó el tercer informe semestral de Ejecución del Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2020, aprobado por el Gobierno el 27 de julio de 2018.

3. El INSS aplica ya los criterios del TC en materia de jubilación a tiempo parcial

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) aplica ya los criterios del Tribunal Constitucional a las solicitudes de jubilación a tiempo parcial.

Se aplican los criterios del TC (Sentencia 91/2019, de 3 de julio de 2019) tanto a las solicitudes de pensión que se presenten con índice de parcialidad como a las ya reconocidas por empleo a tiempo parcial, y cuya resolución aún no es firme en vía administrativa.

La sentencia se publicó el 12 de agosto en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El INSS revisará de oficio alrededor de 8.500 de las ya reconocidas y con resolución no firme, de las que cerca de 2.200 se pueden ver incrementadas en torno a un 4%.

Pinche aquí para ampliar información.

4. Se modificará el art. 42.1 del ET (subcontratación)

Importante anuncio realizado el pasado 12 de agosto por el Ministerio de Industria: el Gobierno modificará el art. 42.1 del ET (subcontratación de obras y servicios).

En concreto, el Ministerio de Industria ha asegurado que la modificación del artículo 42.1 del Estatuto de los Trabajadores con el fin de igualar las condiciones entre trabajadores en plantilla y externos y que será una prioridad en la próxima legislatura.

5. Permiso por nacimiento en caso de familias monoparentales

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSCC) ha emitido un criterio por el que reconoce el derecho a las familias con un solo progenitor o progenitora a disfrutar de las dos semanas adicionales de permiso retribuido por nacimiento y cuidado de hijo o menor con discapacidad o en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple.

Se iguala así el derecho de las familias monoparentales a las de dos progenitores a disfrutar del periodo adicional en los casos señalados (La estadística señala que en la gran mayoría de los casos, son las mujeres, quienes forman familias como progenitoras únicas).

Con el criterio dictado por el INSS, se iguala el derecho entre ambos modelos de familia, de manera que los hijos e hijas -o menores- puedan recibir los cuidados necesarios independientemente de que tenga uno o dos progenitores. Así lo explicó el Ministerio de Trabajo en un comunicado emitido el pasado 5 de agosto.

6. El Tribunal Constitucional se pronunciará sobre la licitud del despido objetivo por absentismo
El despido objetivo por absentismo, es decir, el que permite a una empresa despedir a un trabajador por faltar a su puesto de trabajo (faltas justificadas de asistencia), será analizado por el Tribunal Constitucional.

El pasado 27 de julio se publicó en el BOE la Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2960-2019, en relación al artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores por posible vulneración de los arts. 15, 35.1 y 43.1 de la CE.

Tal y como consta en la cuestión de inconstitucionalidad, el Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de julio de 2019, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2960-2019 planteada por el Juzgado de lo Social número 26 de Barcelona, en el procedimiento despidos/ceses número 977-2016, en relación con el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, por posible vulneración de los artículos 15, 35.1 y 43.1 de la CE.

Recuerda que en El Blog de Sincro analizamos diariamente las medidas, novedades, sentencias… más destacadas en materia laboral. Y si necesitas asesoramiento en este ámbito, no dudes en contactar con nuestro Equipo de Expertos para solicitar un presupuesto.

Por: Estela Martín

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