
Las excedencias por cuidado de hijos o familiares por género: 87,2% mujeres vs. 12,8% hombres (primer trimestre de 2022)
En materia de igualdad real y corresponsabilidad, aún queda mucho camino por recorrer. Y para muestra, un botón: el número de excedencias por cuidado de hijos o familiares dadas de alta en el primer trimestre de 2022 fue de 8.194, de las que 7.144 correspondieron a mujeres, el 87,2%, y 1.050 a hombres, lo que equivale al 12,8%.
El número de excedencias se ha reducido de media un 27,2% respecto al mismo periodo del ejercicio 2021.
Datos (tabla) facilitados por el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social correspondientes al primer trimestre de 2022:
El número de excedencias se ha reducido de media un 27,2% respecto al mismo periodo del ejercicio 2021.
Por CCAAA, Madrid (1.596), Cataluña (1.379), Comunidad Valenciana (947), Andalucía (856) y País Vasco (633) son las comunidades autónomas con más excedencias tramitadas.
En todas las comunidades autónomas se han registrado menos excedencias que el año pasado. Los principales descensos en el primer trimestre han sido en el País Vasco (-50,6%), Cantabria (-38,6%) y La Rioja (-37,8%).
Prestaciones por nacimiento
La Seguridad Social tramitó 123.076 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor durante el primer trimestre de 2022, de los cuales 58.768 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 64.308, al segundo progenitor, normalmente el padre. El número de bajas por nacimiento y cuidado de menor creció un 12,2% respecto al mismo periodo de tiempo de 2021, cuando se tramitaron 109.644.
Cabe recordar que la prestación por nacimiento y cuidado de menor sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad. Se cumple un año desde la equiparación completa de ambas. En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible.
De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.
Recordatorio del permiso por nacimiento de hijos: Tribunal Supremo
Precisamente por la equiparación de la maternidad con la paternidad a 16 semanas, ya no cabe en ningún caso el disfrute del permiso por nacimiento de hijos (ni siquiera aunque lo regule el convenio colectivo), tal y como ha sentenciado el Tribunal Supremo.