
Modelo de certificado para desplazarse en Madrid por motivos laborales en las zonas de movilidad restringida
Restricciones por Covid-19 en Madrid: La Comunidad de Madrid ha elaborado un modelo de certificado (orientativo) para facilitar la entrada y salida en las zonas de movilidad restringida por motivos laborales.
El modelo se hace para facilitar el cumplimiento de la Orden 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, publicada este sábado, 19 de septiembre, en el BOCM.
Se trata de la Orden por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en núcleos de población correspondientes a determinadas zonas.
Modelo orientativo
Modelo orientativo de certificado para justificar la entrada y salida de las zonas afectadas por la Orden 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por razones laborales o profesionales.
Tal y como se establece expresamente en la Orden 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, en el apartado segundo.1 de la mencionada Orden:
Se restringe la entrada y salida de personas de los ámbitos territoriales recogidos en el apartado anterior, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.
c) Asistencia a centros docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual
(….).
Restricciones a la movilidad
Entre otras medidas, se restringe la movilidad en 37 zonas básicas de salud, donde también se reducirá la actividad.
Esta decisión afecta a 26 zonas de los distritos de Carabanchel, Usera, Villaverde, Villa de Vallecas, Puente de Vallecas y Ciudad Lineal, en el municipio de Madrid.
También en 11 zonas de los municipios de Fuenlabrada, Humanes, Moraleja de Enmedio, Parla, Getafe, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas.
Restringida la entrada y la salida en estas áreas salvo para asistencia médica, obligaciones laborales, legales, educativas, cuidado de personas o fuerza mayor.