
Moratoria Covid-19: ¿cuándo tienen las empresas que ingresar las cuotas afectadas?
Moratoria Covid-19: La Seguridad Social ha aclarado una de las dudas que tenían muchas empresas, relativa a cuándo tienen que ingresar las cuotas afectadas por la moratoria en el pago de cotizaciones.
Pues bien, la SS señala que en el caso de las empresas que no tengan autorizado un plazo de ingreso distinto a los establecidos reglamentariamente:
- las cuotas correspondientes a los períodos de liquidación de abril, mayo y junio de 2020 se deberán ingresar en los meses de noviembre de 2020, diciembre de 2020 y enero de 2021, respectivamente,
- Se deberán ingresar de forma simultánea con las cuotas de octubre, noviembre y diciembre de 2020.
¡Importante!: El otorgamiento de la moratoria no exime a las empresas de presentar las liquidaciones de cuotas a través de los procedimientos y plazos ya establecidos, así como a efectuar el ingreso de las aportaciones de los trabajadores por cuenta ajena o asimilados a estos.
Comunicación de que se ha otorgado la moratoria
Se considerará realizada dicha comunicación con la efectiva aplicación de la moratoria en las liquidaciones que se practiquen a partir del momento en que se presente la solicitud.
No se remitirán, por lo tanto, resoluciones ni comunicaciones específicas sobre el otorgamiento de la moratoria.