12 Mar

Novedad normativa: se amplían los procedimientos relativos al Fogasa tramitables a través de registro electrónico

Ayer domingo, 11 de marzo, entró en vigor una nueva Orden por la que se amplían los procedimientos susceptibles de tramitación mediante registro electrónico. En concreto, ya se pueden contestar requerimientos u otras notificaciones del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y presentar documentación relacionada con los mismos (Resolución de 6.03.18, del Fondo de Garantía Salarial, BOE de 10.03.18).

En la Orden TIN/2942/2008, de 7 de octubre, se crea un registro electrónico

en el Fondo de Garantía Salarial, para la recepción, tramitación y llevanza de los escritos,

solicitudes y comunicaciones que se remitan y expidan por vía electrónica mediante firma

electrónica. En el anexo I de esta Orden ministerial se recogen los procedimientos incluidos

en su ámbito de aplicación, que hasta ahora se limitaba a la solicitud de prestaciones de

garantía salarial.

Con esta nueva Orden se amplían los procedimientos, en concreto los que permitan a los

interesados la subsanación y mejora de la solicitud de iniciación, y la realización del trámite de

alegaciones. Los trámites se pueden realizar a través del registro electrónico del

Fondo de Garantía Salarial, incorporado en su sede.

Por: Estela Martín

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