
(Parlamento Europeo) Trabajadores desplazados: igual sueldo y mismas condiciones
Los trabajadores desplazados cobrarán igual sueldo por igual trabajo y estarán protegidos contra la explotación, según el texto aprobado el pasado martes, 29 de mayo, por el Parlamento Europeo. En concreto, los empleados desplazados temporalmente a otro país de la UE cobrarán igual sueldo que los empleados locales haciendo igual trabajo, según las normas revisadas que el PE aprobó este martes (Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 29 de mayo de 2018, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica la Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios).
La nueva ley, aprobada con 456 votos a favor, 147 en contra y 49 abstenciones, pretende mejorar la protección de los trabajadores desplazados y asegurar unas condiciones de competencia justa para las empresas. Cabe destacar que a efectos de la normativa europea un trabajador desplazado es un empleado enviado temporalmente a otro Estado miembro para llevar a cabo un servicio. En 2016, había 2,3 millones de trabajadores en esta situación en la Unión Europea. El número de desplazamientos aumentó un 69% entre 2010 y 2016.
Remuneración justa
Todas las normas salariales del país de acogida deberán aplicarse a los trabajadores desplazados. Además de legislación marco, los Estados miembros podrán aplicar convenios colectivos regionales o sectoriales amplios y representativos. Hasta el momento, esto solo se hacía en el sector de la construcción.
Los gastos de viaje, manutención y alojamiento correrán a cargo del empleador y no podrán descontarse del salario de los trabajadores. Los empresarios también tendrán que garantizar que las condiciones de alojamiento de los desplazados sean dignas y conformes con la legislación nacional.
Duración del desplazamiento
La duración máxima del desplazamiento queda fijada en 12 meses, prorrogables seis meses. A partir de ese momento, el trabajador podrá seguir residiendo y trabajando en el Estado miembro en el que esté destinado, pero, además, todas sus condiciones laborales estarán sujetas a las normas del país de acogida.
Protección contra el fraude
En caso de desplazamiento fraudulento, por ejemplo, a través de una empresa buzón, los Estados miembros deben cooperar para garantizar la protección de los trabajadores, al menos, por las condiciones de la Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores.
Transporte internacional por carretera
Los nuevos elementos de la directiva revisada se aplicarán al ámbito del transporte una vez que la legislación sectorial, incluida en el paquete de movilidad, entre en vigor. Hasta entonces, seguirá aplicándose la versión de 1996 de dicha directiva.
Cabe destacar que las nuevas normas se aplicarán en un plazo de dos años. Los Estados miembros dispondrán de dos años para transponer las normas a su legislación nacional y tendrán que aplicarlas antes de que finalice ese periodo.
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