
Plan de Igualdad: hasta el 23 de mayo para solicitar una subvención de hasta 9.000 euros para elaborarlo
Las empresas que tengan una plantilla de entre 30 y 250 personas trabajadoras tienen hasta el próximo 23 de mayo para solicitar una subvención para elaborar e implantar un Plan de Igualdad (Resolución de 23 de abril de 2018, del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades). La cuantía máxima de la subvención será de 9.000 euros para cada entidad subvencionada.
No podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas empresas o entidades que previamente a la fecha de publicación de la convocatoria hayan elaborado un Plan de Igualdad, con independencia de que hayan obtenido o no subvenciones o ayudas públicas para dicha finalidad.
La concesión de las subvenciones tiene como objetivo la elaboración e implantación de un Plan de Igualdad tendente a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo en las pequeñas y medianas empresas y otras entidades.
Para ello, se deberá garantizar el compromiso de la dirección De la empresa o entidad y la participación e implicación de la representación legal de las personas trabajadoras, o en su defecto, de las propias personas trabajadoras, en la elaboración, implantación y seguimiento del Plan de Igualdad.
Acciones en el marco del Plan
A efectos de solicitud, concesión y justificación de estas subvenciones, los planes de igualdad que se presenten deberán impulsar principalmente acciones en relación con las siguientes áreas de trabajo:
– Área de acceso al empleo: Igualdad de oportunidades en el acceso a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización.
– Área de condiciones de trabajo: Clasificación profesional, igualdad en materia retributiva, tipología de contrato, presencia de mujeres en cargos de responsabilidad.
– Área de promoción profesional y formación: Reglas de ascenso basadas en criterios que no lleven a situaciones de discriminación en función del sexo. Formación específica para mujeres que les permita ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a puestos de trabajo en los que estén subrepresentadas. Acciones de formación y sensibilización en igualdad de oportunidades y no discriminación entre mujeres y hombres dirigidas al personal de la entidad.
– Área de ordenación del tiempo de trabajo: Medidas de adaptación de la jornada para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación de la vida laboral, personal y familiar, así como la corresponsabilidad.
– Área de prevención y actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
– Uso no discriminatorio del lenguaje, la comunicación y la publicidad.
Las ayudas incluyen nesariamente el desarrollo por parte de la entidad beneficiaria de las siguientes fases:
– La elaboración de un diagnóstico de situación en la entidad en materia de igualdad entre mujeres y hombres, que incluya datos estadísticos desagregados por sexo.
– La elaboración de un Plan de Igualdad que recoja medidas que corrijan las deficiencias detectadas en el diagnóstico.
– La primera fase de aplicación de las medidas previstas en el Plan de Igualdad.
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