
Publicado en BOE el VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería (VI ALEH)
Hoy (10 de marzo de 2023) se ha publicado en BOE la Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería (VI ALEH).
Éstos son algunos de los puntos más destacados que contiene:
- Vigencia
Las partes acuerdan un periodo de vigencia del Acuerdo, desde el día 1 de enero de 2023 al día 31 de diciembre de 2023.
Se acuerda la posibilidad de denuncia del Acuerdo por cualquiera de las organizaciones firmantes del mismo durante el último trimestre de su vigencia. Se deberá hacer, en su caso, mediante comunicación escrita al resto de organizaciones firmantes y a la autoridad laboral.
Si no mediara denuncia expresa de las partes, el Acuerdo se prorrogará de año en año.
En lo no previsto en el párrafo anterior será de aplicación lo dispuesto en el artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores, y la vigencia del Acuerdo no se perderá hasta alcanzarse uno nuevo
- Sistema de clasificación y grupos profesionales
Se establece el sistema que hay que cumplir y 3 grupos profesionales:
Grupo Profesional Primero. Mandos
Grupo Profesional Segundo. Técnicos y Especialistas
Grupo Profesional Tercero. Asistentes
- Periodo de prueba en días naturales
El periodo de prueba tendrá que suscribirse siempre por escrito y con sujeción a los límites de duración máxima siguientes:
Duración del contrato | Grupos profesionales y áreas funcionales | ||
---|---|---|---|
Grupo primero de todas las áreas y grupo segundo del área quinta | Grupo segundo de todas las áreas, excepto del área quinta | Grupo tercero de todas las áreas | |
Por tiempo indefinido tanto fijos ordinarios como fijos discontinuos. | 90 días | 60 días | 45 días |
Temporal superior a tres meses. | 75 días | 45 días | 30 días |
Temporal hasta tres meses. | 60 días | 30 días | 15 días |
El periodo de prueba se computará siempre como días naturales.
Periodo de prueba del personal directivo
En los contratos laborales comunes celebrados para ocupar puestos directivos, el periodo de prueba podrá ser de seis meses de duración, siempre que se trate de contratos de duración indefinida, fijo ordinario o fijo discontinuo, o de cuatro meses en los de duración determinada o temporal.
Tarjeta profesional de hostelería
Se establece la creación de un carné profesional de carácter sectorial, que promueva tanto la adquisición de las competencias profesionales de inicio como la mejora profesional a lo largo de la vida laboral.
Se garantizará su reconocimiento a través de la acreditación tanto de la formación realizada como de la experiencia adquirida
Acoso, igualdad y no discriminación
Se regulan expresamente las medidas para hacer frente a la discriminación y cómo realizar los planes de igualdad (y otras medidas de promoción de la igualdad) en las empresas de hostelería (arts. 46 y 47)
En el art. 51 se establecen además las medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo y protocolo de actuación en el ámbito de las empresas de hostelería.
Además, en el Anexo III se establece expresamente el Código de conducta en materia de acoso sexual y acoso por razón de sexo.