
Publicado hoy en BOE el Calendario Laboral para 2019
Hoy, 20 de octubre, se ha publicado en el BOE el Calendario Laboral para 2019 (Resolución de 16 de octubre de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2019).
El calendario incorpora estas fiestas nacionales comunes en toda España:
1 de enero (Año Nuevo) (martes)
19 de abril (Viernes Santo) (viernes)
1 de mayo (Día del Trabajo) (miércoles)
15 de agosto (Asunción de la Virgen) (jueves)
12 de octubre (Fiesta Nacional de España) (sábado)
1 de noviembre (Todos los Santos) (viernes)
6 de diciembre (Día de la Constitución) (viernes)
25 de diciembre (Día de Navidad) (miércoles)
Hay que tener en cuenta que a esta relación de fiestas se les unen las que elige cada comunidad autónoma (y las ciudades de Ceuta y Melilla) y las dos fiestas locales que aprueba cada municipio, lo que conforma el total de 14 fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperable para los trabajadores.
Pinche aquí para consultar la resolución publicada en el BOE.
Dos recordatorios
Entre las facultades reconocidas a las Comunidades Autónomas en el artículo 45.3 del Real Decreto 2001/1983, se encuentra la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la Comunidad Autónoma de otras que les sean tradicionales, así como la opción entre la celebración de la fiesta de San José o la de Santiago Apóstol en su correspondiente territorio.
Asimismo, el art. 37.2 del Estatuto de los Trabajadores faculta en su último párrafo a aquellas Comunidades Autónomas que no pudieran establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales para añadir, en el año que así ocurra, una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.