
¿Se ha aprobado ya la prestación o baja en caso de menores en cuarentena por Covid-19?
Aunque ya han empezado las escuelas infantiles y muchos colegios, a día de hoy (10 de septiembre de 2020), aún no se ha aprobado la prestación en caso de menores que tengan que guardar cuarentena por Covid-19.
Se trata en concreto de la situación en la que un menor da negativo (PCR negativa), pero tiene que guardar cuarentena (por ejemplo, porque en su clase algún compañero ha dado positivo).
Lo mismo sucedería en caso de cuidado de familiares dependientes que tengan que guardar la cuarentena.
Estado de la cuestión
Han existido hasta la fecha declaraciones discrepantes entre distintos miembros del Gobierno, tanto sobre si se aprobaría o no una baja o prestación para este caso como si se articularía como un permiso o prestación.
Nota: Si se materializara como un permiso (algo que vemos improbable) el coste recaería en las empresas (permiso retribuido).
En principio, la propuesta que se ha presentado como más probable es la aprobación de una baja laboral por incapacidad temporal, a cargo a la Seguridad Social y donde el trabajador percibiría entre el 60% y el 75% del sueldo.
A esto se suma que se está barajando en estos momentos la posibilidad de reducir a 10 días la cuarentena, lo que podría estar influyendo en la demora en la aprobación de la prestación o baja.
En definitiva, a día de hoy (10 de septiembre), los padres / madres cuyos hijos tengan que estar aislados (no positivos) están en una situación que podría calificarse como de «limbo legal».
Las quejas de los sindicatos
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha emitido un comunicado en el que «exige al Gobierno dar cobertura a los progenitores cuyos hijos estén en cuarentena por Covid o sospecha de Covid».
En el comunicado (puede leerse aquí), el sindicato «lamenta las contradicciones entre la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, y el vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, sobre el derecho a la cobertura en estas situaciones».
CSIF recuerda que el procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales establece el aislamiento de todos los casos sospechosos.
Por ello, razona el sindicato, «es necesario que se dé certeza y seguridad jurídica a los ciudadanos, aclarando cuáles serán las medidas para garantizar la cuarentena y cuidado de los hijos menores o personas dependientes en caso de haber contraído la enfermedad por contagio del SARS-CoV-2, o en aquellos casos que son considerados contactos estrechos».
Qué sucede entonces si un menor tiene que guardar cuarentena
A día de hoy (10 de septiembre) en caso de que un menor tenga que guardar cuarentena, las posibilidades no son muchas:
- En caso de que el puesto lo permita, lo ideal sería que el padre / madre pudiera teletrabajar mientras dure el aislamiento del menor (y/o familiar dependiente). Para ello, tiene que existir un acuerdo al respecto con la empresa.
- Si no es factible el teletrabajo, entonces habría varias posibilidades (aunque, en realidad, ninguna de ellas da una respuesta satisfactoria para los trabajadores): o bien solicitar un permiso sin sueldo durante los días que dure la cuarentena, coger esos días a cargo de vacaciones (o, si el convenio lo contempla, como días de asuntos propios).
- Otra opción sería acogerse a las medidas del llamado Plan MECUIDA (adaptación de la jornada o la reducción de la misma hasta el 100% de la jornada; art. 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.
IMPORTANTE (Actualizado a 11 de septiembre de 2020)
Hay CCAA como Castilla y León que han movido ficha y han regulado esta situación.
Hoy, 11 de septiembre de 2020, se ha publicado en el BOCYL el Decreto-Ley 9/2020, de 10 de septiembre, por el que se adoptan medidas extraordinarias de apoyo a las personas y familias para la atención domiciliaria de menores,
personas dependientes o con discapacidad que deban guardar confinamiento domiciliario a causa de la pandemia COVID 19.