29 Ago
ERTE prestación CUME

¿Se suspende la prestación CUME si uno de los progenitores es incluido en un ERTE?

Prestación CUME (Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave): ¿se suspende la prestación si uno de los progenitores es incluido por su empresa en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)?

Lo aclara el Criterio de Gestión 20/2023 de la Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica del INSS de fecha 2 de agosto de 2023. Y el tipo de ERTE (si es de reducción de jornada o bien de suspensión de contrato) es lo determinante:

  • ERTE de reducción de jornada y prestación CUME

Si el ERTE es de reducción de jornada no procede suspender el subsidio cuando ambos progenitores acreditaban en la fecha del reconocimiento de dicho subsidio las condiciones para ser beneficiarios del mismo establecidas en el artículo 4 del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, y cualquiera de ellos, sea o no el beneficiario, resulta afectado por la inclusión en un
ERTE que determine la reducción temporal de su jornada de trabajo.

Y esto aunque deba desarrollarse dicha jornada en semanas u otros cortos períodos de tiempo alternos, en cualquier caso inferiores a un mes. Eso si, siempre que sigan acreditando los requisitos exigidos, respectivamente, para ser progenitor beneficiario y no beneficiario.

  • ERTE de suspensión de contratos y prestación CUME

En este caso, se suspenderá la prestación.

Aunque tuvieran ambos progenitores los requisitos para ser beneficiarios del subsidio CUME, si uno de ellos es incluido en un ERTE que determine la suspensión del contrato de trabajo durante períodos iguales o superiores a un mes, sea o no en ese momento el beneficiario del subsidio, procederá la suspensión de la percepción del subsidio mientras se mantenga el ERTE en esas condiciones, en aplicación del artículo 7.2.a), párrafo primero, del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio.

 

 

 

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