
Sin Estatuto del becario ni trasposición de la Directiva de Whistleblowing: dos grandes asignaturas pendientes
Más de un año después de que se publicara en BOE la Reforma Laboral (incluye la elaboración de un Estatuto del Becario), y de finalizara el plazo para trasponer al ordenamiento jurídico español la Directiva de Whistleblowing, seguimos sin tener ni lo uno ni lo otro.
1. Estatuto del becario: negociación congelada
La Reforma Laboral (RD-Ley 32/2021) establece expresamente en su Disposición Adicional Segunda que se elaborará un Estatuto del becario:
«El Gobierno, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta norma, convocará a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas para, en el ámbito del diálogo social, abordar el Estatuto del Becario.
Tendrá por objeto la formación práctica tutorizada en empresas u organismos equiparados, así como la actividad formativa desarrollada en el marco de las practicas curriculares o extracurriculares previstas en los estudios oficiales».
En teoría, la idea era haberlo tenido aprobado y publicado BOE antes de acabar el año 2022, pero de momento eso no se ha producido. Desde entonces ha habido varias reuniones y diversos borradores, pero sigue sin llegarse a un acuerdo.
En este sentido, hay puntos de discrepancia importantes en la negociación entre patronal, sindicatos y el Ministerio de Trabajo (entre ellos, el tema de la posible eliminación de las prácticas extracurriculares).
Además, desde las Universidades también han expresado su preocupación por la posible eliminación de las prácticas extracurriculares, que consideran que es una vía más de incorporación al mercado laboral.
Aunque en principio estaba previsto que la aprobación del Estatuto del Becario estuviera antes de finalizar el primer trimestre de 2023, no parece viable esa posibilidad dados los puntos de conflicto de la negociación. Es más, ahora hay dudas de si será posible culminarlo antes de que acabe la legislatura.
Trasposición de la Directiva de Whistleblowing (denuncias internas)
El 17 de diciembre de 2021 finalizó el plazo para trasponer la Directiva europea de Whistleblowing (Directiva UE 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019), relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, que obliga a las empresas a habilitar un canal de denuncias internas.
Ahora bien, para las entidades jurídicas del sector privado que tengan de 50 a 249 trabajadores se da de plazo hasta el 17 de diciembre de 2023 para dar cumplimiento a la obligación de establecer un canal de denuncias internas.
En septiembre de 2022 se aprobó el proyecto de ley para proteger a las personas que informen sobre corrupción con el objetivo de trasponer la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019).
Posteriormente, el pasado 21 de diciembre de 2022, se publico en Boletín Oficial de las Cortes Generales del informe emitido por la Ponencia sobre el Proyecto de Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
El texto está ahora en el Senado y habrá que esperar a la culminación de la tramitación parlamentaria y a su posterior publicación en BOE.