
Compliance: SincroGO & PRODAT firman un acuerdo para asesorar a las empresas a implantar el Canal Ético
Canal Ético y compliance. El próximo 1 de diciembre expira el plazo que tienen las empresas de 50 a 249 personas trabajadoras para implantar el canal de denuncias & sistema interno de información, en virtud de lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, publicada el 21 de febrero de 2023 en BOE.
Además, en determinados supuestos como en el ámbito de aplicación del blanqueo de capitales, es obligatorio tener el canal de denuncias sea cual sea el número de personas trabajadoras en plantilla.
Y en todo caso, puede haber empresas que, por cultura de compliance se planteen implantar un canal de denuncias (o canal ético) aunque no estén legalmente obligadas a ello por número de trabajadores en plantilla.
Conscientes de la importancia de gestionar bien tanto la implantación del canal como el seguimiento y gestión de las denuncias que se reciban y ayudar a las empresas a cumplir con su obligación legal con las máximas garantías, SincroGO y PRODAT (expertos en protección de datos y cumplimiento normativo) han firmado un acuerdo de colaboración para asesorar a las empresas tanto a implantar como a gestionar el canal.
Imagen: En la imagen, de izquierda a derecha: Han firmado el acuerdo Mayte Martínez y Ulises González, en representación de PRODAT, y Carlos Ruiz y Javier Pulido, en representación de SincroGO.
Multas de hasta un millón de euros por no tener Canal de Denuncias
Hay que recordar que el incumplimiento de la obligación de habilitar un canal de denuncias puede ser sancionado con multa de hasta un millón de euros y que la cuantía de las sanciones por infracciones relativas a incumplimientos en torno al canal son muy elevadas.
En concreto, tal y como establece expresamente el art. 65 de la Ley 2/2023 (sanciones), las personas jurídicas serán multadas:
- Infracciones leves: cuantía de hasta 100.000 euros
- Infracciones graves: Entre 100.001 y 600.000 euros
- Infracciones muy graves: Entre 600.001 y 1.000.000 de euros
Además, en caso de infracciones muy graves, aparte de la multa se podrá sancionar adicionalmente a la empresa con la prohibición de obtener subvenciones o beneficios fiscales durante un plazo máximo de cuatro años y/o con la prohibición de contratar con el sector público durante un plazo máximo de tres años.