15 May

Subvenciones para Planes de Igualdad y bonus por reducir la siniestralidad: su empresa aún está a tiempo a solicitar estas dos medidas

Recordamos en este post dos subvenciones de las que todavía pueden beneficiarse las empresas y cuyo plazo para solicitarlas expira en breve:

1. Subvención para elaborar e implantar un Plan de Igualdad

Las empresas que tengan una plantilla de entre 30 y 250 personas trabajadoras tienen hasta el próximo 23 de mayo para solicitar una subvención para elaborar e implantar un Plan de Igualdad (Resolución de 23 de abril de 2018, del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades). La cuantía máxima de la subvención será de 9.000 euros para cada entidad subvencionada.

Pinche aquí para conocer información ampliada sobre esta subvención.

2. Bonus por reducir la siniestralidad (prevención de riesgos)

Hasta el próximo 31 de mayo, las empresas que hayan contribuido eficazmente a disminuir la siniestralidad puedan solicitar el sistema de incentivos de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales (bonus), correspondiente al ejercicio 2017.En concreto, la cuantía del bonus consiste en una devolución del 5% del importe de las cuotas satisfechas a la Seguridad Social por contingencias profesionales correspondientes al periodo de observación de que se trate, o del 10% si existe inversión en alguna de las acciones complementarias en materia de prevención de riesgos laborales, estableciéndose en este último caso un límite máximo coincidente con el importe de la inversión realizada (Orden ESS/256/2018, de 12 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral).

En el caso de que la empresa tenga protegidas las contingencias profesionales de sus trabajadores por más de una entidad gestora o mutua, deberá formular una única solicitud en aquella en la que tenga la cobertura de su código de cuenta de cotización principal con algún trabajador en alta.

Por su parte, en el supuesto de realizar más de una actividad económica a afectos de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, las solicitudes correspondientes a cada actividad económica se realizarán en la entidad gestora o mutua en la que tenga la cobertura el código de cuenta de cotización más antiguo de dicha actividad con algún trabajador en alta.

Pinche aquí para ampliar la información sobre cómo efectuar la petición del incentivo.

Por: Estela Martín

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