
Teletrabajo: el error del modelo de ATD incluido en el nuevo Convenio Colectivo de Agencias de Viajes
Teletrabajo: este sábado, 2 de septiembre de 2023, se publicó en el BOE el nuevo Convenio Colectivo del sector estatal de Agencias de Viajes. Incluye un modelo de acuerdo de trabajo a distancia (ATD) que remite al derogado RD-Ley 28/2020 de trabajo a distancia.
Resolución de 23 de agosto de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el nuevo Convenio colectivo estatal del sector de Agencias de Viajes (BOE de 2 de septiembre de 2023). Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
En concreto, en el Anexo al contrato de trabajo se incluye (como se puede ver en la fotografía) un modelo Acuerdo de teletrabajo (según RD Ley 28/2020, de 22 de septiembre, de Trabajo a Distancia).
Teletrabajo. El RDLey 28/2020 fue derogado por la Ley 10/2021 de trabajo a distancia
El error en el modelo de acuerdo de trabajo a distancia (ATD) es inaceptable puesto que el nuevo convenio colectivo fue suscrito (tal y como especifica expresamente el texto del convenio) con fecha 6 de marzo de 2023 y el RDLey 28/2020 fue derogado en el año 2021.
En concreto, ese RDLey 28/2020 quedó implícitamente derogado por la Ley 10/2021, de 9 de julio (fecha de derogación 11/07/2021).
Y aunque es cierto que la Ley 10/2021, salvo matices, mantiene en líneas generales la redacción del RD-ley 28/2020, incluir un modelo de acuerdo de trabajo a distancia haciendo referencia expresa al derogado RDLey 28/2020 es, cuanto menos, «llamativo».
Luego es cierto que dentro del modelo propuesto ya sí se alude a la Ley 10/2021 de trabajo a distancia (tanto en la exposición como en la Cláusula Décimotercera y la Cláusula Décimooctava).
En todo caso, el modelo propuesto no es obligatorio y desde luego no es aconsejable que las empresas del sector utilicen el modelo planteadoo sin adaptarlo a la realidad concreta de cada compañía y, por supuesto, con la referencia normativa vigente.
Recordamos en este sentido que los acuerdos de trabajo a distancia hay que registrarlos en el SEPE y, desde luego, no es aconsejable registrar un modelo de acuerdo con base a una normativa ya derogada.
Confiamos en todo caso en que se produzca en breve una Corrección de Errores.