
Whistleblowing: Las empresas de menos de 250 trabajadores tendrán hasta el 1 de diciembre para implantar un canal de denuncias internas
Las empresas con menos de 250 trabajadores en su plantilla tendrán de plazo hasta el 1 de diciembre de 2023 para cumplir su obligación de implantar un canal de denuncias internas. Así lo establece la Ley 2/2023, de 20 de febrero, publicada hoy (21 de febrero de 2023) en BOE.
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción que entrará en vigor el próximo 13 de marzo de 2023, traspone al ordenamiento español la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019,
España ha realizado con 14 meses de retraso (como hemos explicado en varias ocasiones en nuestro blog) la trasposición de esta Directiva.
Qué plazo tienen las empresas españolas para implantar un canal de denuncias internas
Tal y como establece la Disp. Transitoria Segunda de la Ley, el plazo máximo para establecer un sistema intenro de información (sistema de denuncias) depende del número de trabajadores que tenga la compañía:
- Empresas de 250 o más trabajadores
Las Administraciones, organismos, empresas y demás entidades obligadas a contar con un Sistema interno de información deberán implantarlo en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de esta ley (NOTA: la Ley entra en vigor el 13 de marzo. Por tanto, el plazo es hasta el 13 de junio)
¡Importante!: Las empresas del sector privado a partir de 50 (incluyendo las que tengan justo 50) están obligadas a implantar este canal de denuncias internas. Las que tengan menos de 50 empleados no están obligadas a tenerlo.
La única excepción son las personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente a que se refieren las partes I.B y II del anexo de la Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019.
En este caso, deberán disponer de un sistema interno de información que se regulará por su normativa específica con independencia del número de trabajadores que tengan.
- Empresas del sector privado de 249 o menos trabajadores
En el caso de las entidades jurídicas del sector privado con 249 trabajadores o menos, así como de los municipios de menos de diez mil habitantes, el plazo para establecer un canal de denuncias se extenderá hasta el 1 de diciembre de 2023.
- Empresas que ya contaban con un canal de denuncias
En el caso de empresas que ya tuvieran un canal de denuncias internas, se establece un plazo de seis meses (a contar desde el 13 de marzo de 2023) para adaptar dichos canales a lo establecido en la Ley