26 May

Cajeros: despido disciplinario procedente por reiterados descuadres de caja y anulaciones ficticias

En los puestos de caja puede suceder que se produzcan descuadres a la hora de cuadrar la caja y si éstos son reiterados podría llegar a estar justificado el despido del trabajador. Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 12 de abril de 2018 acaba de ratificar la declaración de procedencia de una trabajadora (cajera de un supermercado) por descuadres reiterados en la caja y por realizar anulaciones ficticias de productos.

El caso enjuiciado

Una compañía despidió disciplinariamente a una trabajadora (puesto de cajera) imputándole haber tenido conocimiento de que de forma continuada estaba procediendo a realizar anulaciones ficticias de productos en caja o bien a no facturarlos o registrarlos en caja, con la finalidad de apropiarse del dinero correspondiente a dichas operaciones (se concretaba en la carta los días en que sucedieron los hechos).

Asimismo, en la carta de despido exponía que la trabajadora ya había sido sancionada en tres ocasiones, por falta muy grave, el 22 de mayo de 2013, por un descuadre de 129,59 €; el 4 de marzo de 2011, por falta leve, por un descuadre de caja de 22,01 €; el 3 de julio de 2009, amonestada, por la acumulación de descuadres de caja.

La sentencia

En el juicio se alegaba que los importes que faltaban o los descuadres cometidos por la trabajadora eran bajos (por ejemplo, entre los hechos acreditados, la trabajadora no pasó por caja la compra efectuada por un cliente, consistente en cuatro barras de pan, que cobró pero sin entregarle el ticket y a continuación cobro y entrego ticket al siguiente cliente por la compra realizada, unos donuts por importe de 1,99 euros, que a continuación anuló en el ticket del siguiente cliente).

No obstante, el TSJ entiende que los hechos expuestos indican una falta de lealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas, y transgresión de la buena fe contractual, un comportamiento contrario al que habitualmente ha de observar la trabajadora en su puesto de trabajo. Se trata, razona la sentencia, «de una conducta muy grave que merece un reproche jurídico-laboral, siendo suficientes y sólidos para fundamentar la pérdida de confianza de la empresa en la trabajadora, que justifica el despido».

Además, sentencia el tribunal, «no cabe aplicar la teoría gradualista dado el comportamiento reiterado de la trabajadora, procediendo convalidar la decisión extintiva del empleador, como señala la sentencia recurrida». Por todo ello, el TSJ ratifica la declaración de procedencia del despido.

Pinche aquí para conocer otra reciente sentencia en materia de robo por parte de un trabajador, donde se determina que el hecho de que el importe de lo sustraído sea bajo no impide declarar la procedencia del despido. Y recuerde que si necesita asesoramiento en materia laboral, fiscal&contable o de estrategia empresarial, no dude en contactar con nuestro Equipo de Expertos.

Por: Estela Martín

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