02 Dic
sentencias laborales 2021 detectives y despido

Declarado procedente el despido por robo de productos usando como pruebas las cámaras de videogilancia pese a que no se había informado de su uso con fines disciplinarios

Despido disciplinario usando como prueba las imágenes de las cámaras de videovigilancia: en esta sentencia, se declara procedente el despido del trabajador de un supermercado por sustracción de diversos productos. Idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida (sent. del TSJ de Cantabria de 2 de noviembre de 2011).

No se había advertido previamente al trabajador que las cámaras de videovigilancia podía utilizarse con fines disciplinarios.

El caso concreto planteado

Un trabajador formuló demanda de despido contra su empresa en la que prestaba servicios como dependiente, interesando que se declare la nulidad o, en su caso, la improcedencia de su despido disciplinario acaecido el día 22 de enero de 2021, con las consecuencias inherentes y con una indemnización adicional de 25.000 euros.

La nulidad se sustenta en el hecho de haber sido detectadas las sustracciones con las cámaras de videovigilancia del supermercado, y no haber sido advertido el trabajador que las mismas podían utilizarse a efectos disciplinarios.

En los hechos expuestos en la carta de despido:

El trabajador, cuando estaba solo en el supermercado, instó a que una persona llenara el carro con productos de las estanterías y se marchara sin pagar, ayudándole incluso a embolsar los mismos.

El día 18-1-21 el trabajador cogió distintos productos de las estanterías del supermercado, cuando estaba sólo, y se los llevó sin pagar

El supermercado tiene las clásicas cámaras de videograbación por motivos de seguridad, visibles y con los carteles correspondientes.

La sentencia del Juzgado de lo Social núm. 5 de Santander desestima íntegramente la demanda formulada y declara procedente el despido, al dar por ciertos los hechos imputados en la carta extintiva (la sustracción indisimulada de distintos productos del supermercado), sin derecho a indemnización ni salarios de tramitación.

Para ello valora que los hechos han quedado acreditados con la grabación de las cámaras de videovigilancia y también con la testifical.

Frente a dicha resolución judicial se alza en suplicación la representación legal del trabajador a través de tres motivos, con fundamento procesal en los apartados a), b) y c) del art. 193 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social.

La sentencia del TSJ: despido procedente (uso lícito de la videovigilancia)

El TSJ desestima el recurso y ratifica la procedencia del despido (alude a la jurisprudencia tanto del TEDH como del Tribunal Supremo en la materia; entre otras, sent. del Tribunal Supremo de 21 de julio de 2021).

A la vista de la normativa y jurisprudencia debemos efectuar una valoración o ponderación de los bienes o derechos en conflicto, al igual que hace la sentencia de instancia.

La empresa procedió a instalar cámaras de videovigilancia en el supermercado en el que prestaba servicios el trabajador. Dicha instalación se realizó por motivos de seguridad, en un lugar visible y con los carteles correspondientes.

Del razonamiento contenido en la sentencia recurrida se desprende que, en el caso que nos ocupa, la medida de instalación de cámaras de seguridad que controlaban la zona de caja en donde prestaba servicios el trabajador, cuando éste se encontraba solo en el establecimiento, era una medida justificada:

  • idónea para la finalidad pretendida por la empresa (verificar si aquel cometía irregularidades y en tal caso adoptar las medidas disciplinarias correspondientes)
  • necesaria (ya que la grabación serviría de prueba de tales irregularidades); y
  • equilibrada (pues la grabación de imágenes se limitó al supermercado)

Por tanto, debe descartarse que se haya producido la lesión del derecho fundamental consagrado en el art. 18.4 CE.

Finalmente, no podemos obviar que la grabación no es la única prueba demostrativa de las irregularidades, al venir amparada también en la testifical.

 

Por: Estela Martín

Linkedin TopVoices España 2020. DirCom & RSC en ...

Buscar
Categorías
Loading

Llámanos

x

Utilizamos cookies para mejorar tu experiencia. Si continúas, consideramos que aceptas el Uso de cookies