22 Ago
sentencias laborales 2023

Despido procedente: trabajador «pillado» por una reseña negativa de un cliente publicada en Google

El TSJ de Extremadura ha ratificado la declaración de procedencia del despido disciplinario de trabajador. La empresa, tras una reseña negativa de un cliente publicada en Google descubrió que el trabajador había cobrado de manera fraudulenta 36 euros demás a la clienta (STSJ de Extremadura de 30 de junio de 2023).

El caso concreto enjuiciado

Una empresa despidió disciplinariamente a un trabajador tras investigar lo sucedido ante una reseña negativa puesta por una clienta. Extinción del contrato por faltas muy graves de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Convenio Colectivo del sector del comercio de metal

– El día 3 de abril de 2022 una cliente realiza una reseña en GOOGLE en relación al centro de (…) en la que consta

» De primeras el chico tiene comentarios fuera de lugar y para seguir me sentí engañada ya que me dijo que el laminado no entraba, lo tenía que abonar yo y casualmente el datáfono estaba estropeado aún pasando 2 ó 3 días, insistía en que se lo pagáramos en efectivo lo cual terminamos haciendo así.

Le pedimos factura y cual fue nuestra sorpresa que nos dio la misma que al seguro, por el importe total y a nombre del seguro, después de darnos cuenta empezamos a reclamarlo y decía que le tenía que dar la solución de arriba ya que el seguro había pagado también el laminado y él nos dijo en su momento que no lo cubría.

Al final decidí llamar a Cáceres, ya que el primer chico que no atendió era de allí y fue súper amable (…)

Al carglass de (….) no creo que vuelva mientras siga este chico».

La orden de trabajo NUM000 recoge que se ha de realizar el laminado por un importe de 36 € y un total de factura de 207,64 €.

La compañía aseguradora incluyó en la factura emitida el abono del importe del laminado y el mismo fue abonado mediante transferencia el 22 de febrero de 2022.

La sentencia: despido procedente tras investigar una reseña negativa publicada en Google

El TSJ de Castilla-La Mancha desestima el recurso interpuesto por el trabajador y ratifica la declaración de procedencia del despido al entender que los hechos han quedado acreditados y revisten la suficiente gravedad como para justificar el despido.

En el supuesto examinado, los hechos probados se enmarcan dentro de la causa de despido disciplinario apreciada por el juez de instancia tipificada en el artículo 54.2.d) del Estatuto de los Trabajadores, transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, en relación con el artículo 37 del Convenio Colectivo del sector del comercio del metal.

Esto es así, razona la sentencia, puesto que:

  1. Los hechos denotan, primeramente, el intento de engaño a una cliente, con lo que ello conlleva de perjuicio a la imagen de la empresa, teniendo en cuenta que el demandante conocía sobradamente, por la factura de servicios a la asegurada, que fue íntegramente pagada por dicha entidad el 22 de febrero de 2022, que estaba incluido el laminado.
  2. Además de ello, el trabajador insiste en cobrar en efectivo a la cliente el importe del laminado, como así lo hace finalmente, y dicho pago indebido no se hace constar ni en el Libro de Caja del taller, ni en ninguna anotación
  3. Y esta actuación se ve agravada por el hecho de que el trabajador era el Encargado y único empleado de la empresa demandada en el centro de trabajo en cuestión, lo que produce una quiebra cualificada de la confianza depositada por la empleadora en su buen hacer.

Por todo ello, se ratifica la declaración de procedencia.

Por: Estela Martín

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